Dos personas fueron multadas por la Sección Primera del Consejo de Estado, por su conducta dilatoria.
En firme tutela que revive proceso contra Donamaris
La Sección Primera del Consejo de Estado rechazó de plano las solicitudes de nulidad presentadas por Nuby Mayely Luna Otero y el alcalde de Cúcuta, Donamaris Ramírez Lobo, en contra de la tutela que revivió el proceso con el que se busca dejar sin piso la elección del mandatario local.
Los dos habían pedido que se rechazara la sentencia proferida el pasado 14 de mayo, mediante la cual se reactivó la demanda de nulidad electoral y le ordenó a la Sección Quinta del Consejo de Estado proferir una decisión de fondo sobre la demanda que busca demostrar que el alcalde estaba impedido para aspirar en los comicios de 2011.
Sin embargo, los magistrados encontraron que uno de los recursos fue presentado de manera extemporánea y los argumentos sobre los cuales se sustentó otra de las dos solicitudes no tuvieron el fundamento suficiente para darle curso al estudio de dicha nulidad.
Frente a otro reproche elevado por Luna Otero, en cuanto a que dentro del proceso no se decretaron las pruebas solicitadas para desvirtuar el mecanismo constitucional, la Sección Primera consideró que se encontraba plenamente facultada para proferir sentencia de tutela sin decretar el material probatorio requerido por todas las partes.
Sanción económica
La Sección Primera también resolvió sancionar económicamente, no solo a Nuby Mayely Luna Otero, sino a su apoderado, César Emilio Valero Soto, por su conducta procesal temeraria, tanto en la nulidad de la tutela como en la demanda electoral que comenzó en 2012.
“La Sala advierte que la conducta procesal desplegada por Luna Otero y Valero Soto constituye manifiesta temeridad procesal, pues se han valido de la interposición de solicitudes de aclaración y/o adición, sucesivos recursos, nulidades y otras tantas actuaciones, todas ellas manifiestamente carentes de fundamento, con la deliberada intención de dilatar el curso normal del proceso de nulidad electoral y ahora el trámite constitucional de la acción de tutela”, advirtieron los consejeros de Estado.
Insistieron en que pese a las advertencias que tanto el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, como la Sección Quinta del Consejo de Estado les han formulado, los dos persisten en sus recursos y peticiones “temerarias y dilatorias, lo que amerita que su conducta sea sancionada”.
En ese sentido, la Sección Primera les impuso una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales vigentes ($3’221.750).
A finales de 2012, Nuby Mayely Luna Otero ya había sido multada con dos salarios mínimos, por presentar de manera reiterada diferentes recursos con el propósito de retrasar la decisión en torno a la demanda contra el alcalde de Cúcuta.
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