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Viernes, 8 Junio 2018 - 4:25am

Internación de vehículos venezolanos: esta es la realidad de la medida

La Opinión le dice cuáles son las verdades sobre la aplicación del decreto 2229, del 27 de diciembre de 2017. 

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Con el decreto se busca tener un verdadero registro de cuántos carros y motos venezolanos están circulando en territorio colombiano.
/ Foto: Archivo
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Estas son las verdades sobre la aplicación del decreto 2229, del 27 de diciembre de 2017, el cual contempla las condiciones, términos y requisitos para autorizar la internación temporal de vehículos venezolanos a los residentes de las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo (Uedf).

1. Si el próximo 28 de junio usted tiene un vehículo con placas venezolano, es falso que se lo vayan a decomisar, a menos que el vehículo esté vinculado en algún hecho delictivo.

2. La aplicación del decreto de internación les corresponde a las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo (Uedf). En Norte de Santander son unidades los municipios de Cúcuta, Los Patios, Villa del Rosario, San Cayetano, El Zulia, y Puerto Santander. 

3. En el resto de los municipios deben hacerlo en el municipio central del área metropolitana (Cúcuta) o la Uedf más cercana, con el documento válido de residencia, emitido por la Alcaldía.

4. El decreto es de carácter nacional y su aplicación es obligatoria.

5. Una persona puede internar solamente un vehículo, no más de esa cantidad, y debe ser mayor de 18 años, y residente en jurisdicción de la Uedf.

6. Todos los vehículos que entraron a las Uedf antes del cierre de la frontera (19 de agosto de 2015) deben ser internados.

7. El resto de los vehículos, que corresponden a modelos 2015 hacia acá, son considerados como de contrabando.

8. Las alcaldías son las encargadas de autorizar la internación.

9. Una vez internados, los vehículos no podrán salir del departamento.

10. Entre los requisitos que debe presentar el solicitante están: fotocopia del documento de identidad, indicando si posee doble nacionalidad; el documento que acredite la propiedad del vehículo expedido en el vecino país, de lo contrario certificado de compraventa notariada en Venezuela; certificación de legalidad del vehículo, emitida por el Cicpc (Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas) o el Intt (Instituto Nacional de Tránsito Terrestre) de Venezuela; revisión técnicomecánica expedida por la Sijin; improntas de los números de VIN, chasis y motor; y acreditar el pago. El requisito del Cicpc o del Intt no se aplica por ahora; está suspendido por disposición del decreto hasta que se normalice el paso fronterizo. 

11. Los vehículos  internados solo podrán ser utilizados para usos particulares, no como transporte ni nada relacionado.

12. En Cúcuta, el secretario de Hacienda municipal, Javier Chaves, aseguró que van a comenzar a recibir las solicitudes de internación de vehículos a través de la página web.

13. Según la reglamentación o procedimiento que van a implementar en Secretaría de Hacienda de Cúcuta, se darán seis meses para que el propietario del vehículo pueda realizar los trámites correspondientes.

14. El término de autorización de internación será de 5 años, que puede ser prorrogable una sola vez, por dos años más.

15. Recauda Hacienda departamental. Un carro internado pagará 50 por ciento de lo que paga otro vehículo matriculado en Colombia. Hacienda distribuye a los municipios de acuerdo al número de vehículos que haya internado.

16. Los vehículos de carga no serán objeto de internación. Por ende no pueden contratar movimientos de carga. Ni mercancía ni actividades comerciales.

17. El control lo hace la Polfa y la Dian.

Lea también "No a la internación", dicen los cucuteños después de Caravana

Reunión con Procuraduría

La Procuraduría Regional se reunió con las entidades involucradas en la aplicación del decreto en la que se miró la obligatoriedad de la aplicación del mismo, el cual su primer plazo vence el próximo 27 de junio.

Al encuentro fueron convocados por el procurador regional, Edgar Fandiño, los secretarios de hacienda y de tránsito, tanto departamental como municipal; así como la Policía Nacional y la Dian.

Fandiño conminó a los secretarios a divulgar la información para que se conozca el decreto ante su aplicación. 

Sobre todo teniendo en cuenta y recordando que ha habido funcionarios públicos garantes de su aplicabilidad que han invitarlo a no aplicarlo.

Se convocará una próxima reunión donde participarán la Gobernación y los alcaldes del resto de los municipios.

La Opinión

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