La concesión del canal fue cancelada en mayo de 2007 por orden del entonces presidente Hugo Chávez.
La Corte IDH ordenó a Venezuela devolver señal a RCTV
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó este lunes al Estado venezolano devolver a la televisora Radio Caracas TV (RCTV) la frecuencia que le fue cancelada en mayo de 2007, por considerar que dicho acto violó el derecho a la libertad de expresión, entre otras consideraciones.
La decisión del tribunal, aprobada por cinco votos contra dos y que fue emitida en junio pero divulgada este lunes, establece que “una vez se efectúe el restablecimiento de la concesión a RCTV el Estado deberá, en un plazo razonable, ordenar la apertura de un proceso abierto, independiente y transparente para el otorgamiento de la frecuencia del espectro radioeléctrico correspondiente al canal 2 de televisión”, que explotaba RCTV.
Además, el fallo señala que el Estado deberá pagar, “dentro del plazo de un año a partir de la notificación de la sentencia”, indemnizaciones por “daño material e inmaterial” del proceso a los accionistas y trabajadores.
Pese a la contundencia de la decisión, no resulta clara su efectividad, puesto que Venezuela denunció en setiembre de 2012 la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), y quedó fuera de ésta un año después.
Sin embargo, los casos que hasta ese momento estaban en trámite siguieron su curso.
El cierre de la frecuencia a RCTV configuró una “violación al derecho a la libertad de expresión, por cuanto se configuró una restricción indirecta al ejercicio del mismo, en perjuicio de los directivos y algunos trabajadores” de la empresa, estableció en su fallo la Corte IDH, un organismo de la Organización de Estados Americanos (OEA) con sede en San José.
Democratización o censura
RCTV era el canal más antiguo de Venezuela con 53 años de transmisión, y tenía una programación comercial de variedades y deportes, e informativa.
Su caso llegó a la corte luego de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) considerara que el cierre del canal había sido consecuencia de su línea editorial, crítica del entonces presidente Hugo Chávez (1999-2013).
El gobierno venezolano alegó en su momento que el cierre fue un acto legítimo al estar las frecuencias de radio y televisión bajo administración del Estado, que decidió no renovar la adjudicación de la frecuencia a RCTV cuando se venció la concesión, como parte de “una política de democratizar las telecomunicaciones”.
El presidente Nicolás Maduro ha repudiado reiteradamente las acciones de la CIDH, y la ha acusado de “arremeter” contra la democracia de Venezuela.
Según el fallo conocido este lunes, en el caso del cese de RCTV hubo “una desviación de poder, ya que se hizo uso de una facultad permitida del Estado, como lo es reservarse el uso del espectro radioeléctrico, con el objetivo de alinear editorialmente al medio de comunicación con el gobierno”.
“La decisión de no renovar la concesión buscaba acallar voces críticas al gobierno, las cuales se constituyen junto con el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, en las demandas propias de un debate democrático que, justamente, el derecho a la libertad de expresión busca proteger”, indica el comunicado.
El tribunal señaló que la pluralidad de medios constituye una efectiva garantía de la libertad de expresión y que le toca al Estado proteger y garantizar este supuesto.
Finalmente, la Corte declaró que la decisión de reservarse la porción del espectro asignado a RCTV y no las de otros canales de televisión, cuyas concesiones también vencían el mismo día, implicó un “trato discriminatorio”.
El canal de señal abierta y una audiencia de alcance nacional dejó de emitir el 27 de mayo de 2007, durante el gobierno del fallecido presidente Chávez.
San José | AFP
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