La empresa utiliza cookies para recolectar o tratar datos personales en territorio nacional y debe ceñirse a la Ley 1581 de 2012.
SIC ordena a Google cumplir con el éstandar nacional de protección de datos

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó a la empresa Google LLC implementar medias acordes con el estándar colombiano en materia de habeas data, con el objetivo de proteger los datos personales de los usuarios.
La decisión se tomó a través de la Resolución 53593, luego de determinar que la Política de Tratamiento de la Información (PTI) que maneja la empresa tecnológica con domicilio en Estados Unidos incumple con el 52,63% de los requisitos que exige la regulación colombiana.
Según la Superintendencia de Industria y Comercio la empresa utiliza cookies para recolectar o tratar datos personales en territorio nacional y por esta razón debe ceñirse a la Ley 1581 de 2012. La autoridad nacional hace énfasis en que Google captura datos personales a través de una herramienta que se instalan en dispositivos móviles y computadores ubicados en Colombia.
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En la resolución, la SIC pide respecto de los datos personales que recolecta Google en el territorio nacional y que implemente un mecanismo apropiado, efectivo y demostrable para que al momento de solicitar la autorización a cada persona, le informe de manera clara y sencilla sobre el tratamiento al cual serán sometidos sus datos personales y la finalidad.
De igual forma, la autoridad pide que haya mayor claridad sobre el carácter facultativo de la respuesta a las preguntas que les sean hechas a los usuarios cuando estas traten datos sensibles o de niños y adolescentes.
En este sentido la SIC señaló : “Ordenar a la sociedad Google LLC que presente ante esta Superintendencia prueba de la Autorización previa, expresa e informada emitida por los representantes legales de los niños, niñas y adolescentes (menores de 18 años de edad), cuyos Datos hayan sido recolectados o tratados con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Estatutaria 1581 de 2012”.
La empresa tecnológica deberá acreditar el cumplimiento de estas órdenes a través de una certificación emitida por una empresa independiente, imparcial, profesional y especializada en temas de tratamiento de datos personales.
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