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Jueves, 21 Febrero 2019 - 3:40am

Vuelve el dilema de las listas por coalición para octubre

En Norte de Santander, de los 40 alcaldes elegidos en octubre de 2015, 13 llegaron al poder con el apoyo de más de un partido.

Archivo / La Opinión
La Reforma de 2015 establece que los partidos pequeños que sumados no representen más del 15% en su circunscripción electoral, podrán hacer una coalición para presentar listas a las corporaciones públicas.
/ Foto: Archivo / La Opinión
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Los partidos se están moviendo ya con la inscripción de sus precandidatos para lo que serán las elecciones de autoridades locales y si bien la etapa de las definiciones todavía no llega, hay un aspecto que ha vuelto a quedar sobre la mesa: las coaliciones para corporaciones públicas.

Como se ha hecho habitual en la política colombiana, son muy pocas las colectividades que llegan con candidatos propios a los diferentes cargos de elección popular y, en su lugar, han optado por acudir a las alianzas, para asegurar la victoria en las urnas.

Hace cuatro años, por ejemplo, para las mismas elecciones territoriales, 581 candidatos a alcaldías en todo el país se inscribieron con el aval de varios partidos. De este grupo, 256 ganaron. Es decir, un 23% de los mandatarios locales elegidos para el periodo 2016-2019 pertenecen a una coalición de partidos. 18 gobernadores también.

Hubo casos, incluso, en los que candidatos a alcaldías y gobernaciones fueron respaldado por una alianza de hasta seis movimientos políticos.

En Norte de Santander, de los 40 alcaldes elegidos en octubre de 2015, 13 llegaron al poder con el apoyo de más de un partido. Uno de ellos fue el mandatario de La Esperanza, Jaider Navarro Quintero, avalado por la ‘Alianza para el progreso’,  una particular coalición conformada por el conservatismo, la Alianza Verde, Opción Ciudadana y Cambio Radical.

Y aunque en el caso de los cargos uninominales (Presidencia, Gobernaciones y Alcaldías) la ley sigue siendo laxa frente a la responsabilidad de los partidos en coalición cuando se registran sanciones en contra de sus avalados, lo cierto es que los mayores vacíos los presentan hoy las alianzas que se conforman para impulsar listas a corporaciones públicas (Congreso, Asambleas y Concejos), las cuales fueron aprobadas en la Reforma al Equilibrio de Poderes.

Falta de reglamentación

Si bien el año pasado, para las elecciones a Congreso, se presentó el caso de una lista al Senado por coalición, la de los Decentes (ASI, UP y MAIS) que logró superar el umbral  y obtener tres curules, fue necesario un fallo de tutela para que pudieran participar.

Y es que a pesar de que la Reforma de 2015 establece que los  partidos pequeños que sumados no representen más del 15% en su circunscripción electoral, podrán hacer una coalición para presentar listas a las corporaciones públicas, tres años después esta norma no ha sido reglamentada.

Es por esa razón que existen inquietudes en cuanto a si en esta ocasión, esas minorías también se van a poder unir para postular listas conjuntas a las Asambleas y los Concejos, en las elecciones del 27 de octubre.

Desde la Misión de Observación Electoral (MOE), alertaron sobre este nuevo dilema, tras advertir que a pesar de que se abrió una posibilidad para que los partidos más pequeños tengan la opción de hacerse acreedores a espacios en las corporaciones públicas, no está claro cómo lo pueden intentar.

Estatuto de la Oposición

La otra inquietud que le surge a la MOE en cuanto a las coaliciones para las listas a corporaciones públicas, tiene que ver con la posición que adopten los partidos frente a los nuevos gobiernos locales y regionales, a partir del Estatuto de la Oposición.

Esto, si se tiene en cuenta que cada colectividad es libre de declararse afín al mandatario de turno, independiente de su gobierno o en oposición.

No obstante, en una coalición conformada por partidos distintos, con posiciones disímiles, no está claro cómo podría funcionar el Estatuto.

“Persisten problemas en la reglamentación de las coaliciones, especialmente las dirigidas a corporaciones públicas, como lo es: el procedimiento y los requisitos para la inscripción de la lista de candidatos, el contenido del acuerdo de coalición, las reglas de financiación, la presentación del informe único de gastos y la responsabilidad de cada uno de los partidos coaligados como coalición y como organización política, la actuación en bancada en todos los escenarios y la declaración de oposición”, manifestó la MOE. 

La Opinión

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