Han sido anuladas la elección de gobernadores, alcaldes, concejales y miembros de Juntas Administradoras Locales.
Van 25 votaciones atípicas desde octubre de 2015
Pese a las exigencias que plantean las normas electorales en Colombia a la hora de otorgar los avales, los partidos y movimientos políticos siguen eligiendo candidatos que no cumplen los requisitos para ser postulados, lo que conlleva una salida temprana de sus cargos y la obligación de organizar nuevas elecciones, con los gastos que esto acarrea para el Estado.
A tan solo un año de haberse celebrado la última contienda de autoridades locales y regionales, la Registraduría ha tenido que convocar ya 25 elecciones atípicas para elegir nuevamente gobernadores, alcaldes, concejales y miembros de Juntas Administradoras Locales.
Si bien la victoria del voto en blanco es la principal razón por la que se debieron repetir comicios en los primeros meses del año, la nulidad de la elección de los favorecidos el 25 de octubre de 2015 también ha obligado a convocar en ocho municipios y un departamento del país.
El caso más reciente en el que se ordenó la celebración de elecciones atípicas fue La Guajira, en donde el Consejo de Estado decretó la nulidad de la elección de la gobernadora, Oneida Pinto, puesto que renunció a ser alcaldesa de Albania apenas 11 meses antes de presentar su candidatura a la Gobernación, cuando la norma es clara en que el tiempo exigido es de 12 meses.
Pese a la discusión que se dio al interior de Cambio Radical antes de los comicios, en torno al aval de Pinto, puesto que el expresidente de la colectividad, Carlos Fernando Galán, insistía en que la candidata no reunía las condiciones para aspirar, finalmente terminó recibiendo el respaldo para postular su nombre. Esta decisión conllevó a la renuncia de Galán a la dirección del partido.
Los otros municipios en los que se anuló la elección de sus alcaldes, sin haber cumplido siquiera un año de mandato fueron: Palestina (Caldas), Mesetas (Meta), Plato (Magdalena), San Andrés Sotavento (Córdoba), Sabana de San Ángel (Magdalena), Sativasur (Boyacá) y Timbiquí (Cauca).
La vacancia en el cargo, la no posesión del elegido, la renuncia del ganador, la destitución y razones de orden público que impidieron la elección, han sido otras de las causas por las cuales la Registraduría ha tenido que organizar comicios en los últimos 10 meses en varias regiones.
Desde 1999 en el país se han convocado 654 comicios atípicos de alcaldes, gobernadores, concejos y Juntas Administradoras Locales, en buena medida, por cuenta de la anulación de la elección de los elegidos.
De acuerdo con la Ley 1475 de 2011 (Reforma Política), constituye falta sancionable e imputable a los directivos de los partidos y movimientos políticos: “Inscribir candidatos a cargos o corporaciones de elección popular que no reúnan los requisitos o calidades, se encuentren incursos en causales objetivas de inhabilidad o incompatibilidad, o hayan sido condenados o llegaren a serlo durante el periodo para el cual resultaren elegidos, por delitos cometidos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales, actividades del narcotráfico, contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad”.
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