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Martes, 18 Julio 2017 - 1:20am

Por demoras en las amnistías, jueces podrían ser sancionados

El término para resolver cualquier beneficio de indulto debe ser de diez días desde que se presente la solicitud.

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De los 2.700 exguerrilleros que solicitaron su libertad, bajo el amparo del acuerdo de paz, 1.700 ya han sido amnistiados.
/ Foto: Archivo
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El Gobierno Nacional firmará este miércoles el anunciado decreto que busca facilitar los procedimientos de libertades condicionales, amnistías e indultos a integrantes de las Farc, tras el llamado de atención que hizo la Misión de las Naciones Unidas.

Aunque se esperaba que la firma quedara lista ayer, esta no se hizo porque el requisito legal exige que el borrador del decreto esté publicado durante cinco días, con el fin de que la ciudadanía pueda presentar sus inquietudes al respecto.

Lea además Ley de Amnistía ha beneficiado a 7.400 guerrilleros

No obstante, el proyecto de decreto fue publicado en la página web del Ministerio de Justicia, y según se puede leer, en este se agregó un capítulo al Decreto 1069 de 2015, que es el reglamentario del sector justicia, en el cual se señala que el término para resolver cualquier beneficio de la Ley de Amnistía debe ser de diez días desde que se presente la solicitud y cinco días para resolver la apelación.

Así las cosas, se plantea que si no se cumple con ese término, los jueces podrán incurrir en fallas disciplinarias.

“Este término no es prorrogable y su vencimiento será causal de mala conducta. El superior dará aviso inmediato a la autoridad disciplinaria competente”, reza uno de los apartes del borrador de la norma.

Igualmente, fija en máximo dos días el plazo límite para la remisión de la información que necesiten los jueces, para resolver peticiones de los guerrilleros que tengan múltiples delitos y, por tanto, se pueda verificar si todos ellos son conexos al delito político o no.

El decreto establece que los jueces no resolverán dudas sobre si un delito está relacionado o no con el conflicto armado, pues esa competencia solo la tendrá la Jurisdicción Especial para la Paz. Además, señala que cuando una persona esté detenida por delitos que no son objeto de amnistía y que tenga varias condenas, se le concederá la libertad solo si lleva más de cinco años preso.

En el documento también se precisa que cuando sean otorgadas amnistías de iure, la autoridad judicial que lo haga deberá cancelar la orden de captura o medida de aseguramiento vigente contra la persona beneficiada.

El pasado viernes, el Gobierno anunció que este nuevo decreto buscaba superar los obstáculos y las trabas que se estaban interponiendo en la materialización de las libertades de los integrantes de las Farc.

De acuerdo con el alto Comisionado para la Paz, Sergio Jaramillo, de 2.700 guerrilleros que requieren amnistía ya han salido 1.700.

Entre tanto, en los centros de detención de la Fuerza Pública algunos policías y militares detenidos iniciaron una huelga de hambre, alegando el supuesto incumplimiento en el otorgamiento de las libertades condicionales.

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