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Miércoles, 2 Diciembre 2020 - 8:54am

Nulidad de Rangel, alcalde de Villa del Rosario, no es efectiva aún

Socha mantuvo una dura puja hasta último momento en los escrutinios.

Archivo La Opinión
Eugenio Rangel Manrique fue elegido en octubre de 2019 como alcalde de Villa del Rosario con 16.769 votos. Carlos Julio Socha, el principal contendor de Rangel Manrique en los comicios del año pasado, dio una dura pelea por reversar el resultado.
/ Foto: Archivo La Opinión
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La batalla que desde finales del año pasado emprendió el exalcalde y excandidato a la Alcaldía de Villa del Rosario, Carlos Julio Socha, por reversar el resultado de las elecciones de 2019, las cuales perdió por un estrecho margen contra Eugenio Rangel Manrique, tuvo un primer desenlace a su favor.

El actual mandatario del municipio metropolitano quedó en la cuerda floja, luego de que el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, en un fallo de primera instancia, decretara la nulidad de su elección para el periodo 2020-2023, así como la cancelación de su credencial como gobernante local.

Socha mantuvo una dura puja hasta último momento en los escrutinios por recuperar los 70 votos que lo diferenciaban de Rangel Manrique y al no lograrlo, decidió jugársela con una demanda de nulidad electoral en contra del alcalde rosariense, alegando que este estaba incurso en una presunta inhabilidad.

El argumento del excandidato y actual concejal por el Estatuto de la Oposición, era que ‘Caballito’, como es conocido popularmente el gobernante del municipio histórico, no podía presentarse a los comicios de octubre, por cuanto su compañera sentimental, Martha Rodríguez Pinilla, con quien vive en unión libre, se desempeñó como comisaria de familia de Villa del Rosario, dentro del año anterior a la elección, pues su renuncia a ese cargo se dio solo hasta mayo de 2019.

Esta tesis fue acogida por los magistrados del Tribunal, quienes concluyeron que: “para el período en que la señora Martha Rodríguez Pinilla detentó autoridad civil en el Municipio de Villa del Rosario, comprendido entre el 27 de octubre de 2018 hasta el 27 de octubre de 2019, se encontraba vigente el vínculo de unión permanente con el señor Eugenio Rangel Manrique, generándose la demostración de los presupuestos de configuración de la inhabilidad invocada”.

Dice el Tribunal que, de acuerdo al estudio adelantado sobre las funciones propias del cargo de comisaria de familia en Villa del Rosario, este sí implica funciones de autoridad civil, “toda vez que, para velar por la garantía, protección, restablecimiento y reparación de los derechos de los niños, adolescentes y miembros de la familia, se le otorga al comisario, potestad y facultad decisoria”.

Licencia no rompe el vínculo laboral

Durante el proceso, la defensa del alcalde Eugenio Rangel manifestó que, aunque Rodríguez Pinilla ostentó el cargo de comisaria de familia en el municipio histórico entre el 23 de octubre de 2018 y el 20 de mayo de 2019, su empleo estuvo vacante temporalmente, porque se encontraba en licencia no remunerada.

No obstante, los magistrados consideraron que la licencia ordinaria no remunerada a la que se hace referencia, si bien hacía que la funcionaria estuviera temporalmente separada de sus funciones en el cargo de comisaria, “ello no obstaba para que perdiera su calidad de servidora pública y que, adicionalmente, tuviera la potenciabilidad de ejercer la autoridad”.

“A juicio de la Sala, la licencia no remunerada no rompe el vínculo laboral, lo que indica que el servidor público tiene la potencialidad de ejercer la autoridad en cualquier momento, mientras no haya presentado la renuncia al cargo”, se puede leer en el fallo de primera instancia.

Entre tanto, la Sala de Decisión también señaló que encontraron debidamente acreditado el vínculo de unión permanente entre Martha Elide Rodríguez Pinilla y Eugenio Rangel Manrique, “es decir, la unión capaz de generar la inhabilidad consagrada en el artículo 95 de la Ley 136 de 1994”.

La última palabra la tiene el Consejo de Estado

Aunque el Tribunal Administrativo  de Norte de Santander resolvió declarar la nulidad del acto administrativo mediante el cual se confirmó la elección de Eugenio Rangel Manrique como alcalde del Villa del Rosario, así como la cancelación de su credencial, la última palabra sobre su permanencia en el cargo la tiene el Consejo de Estado.

Y es que por tratarse de un fallo de primera instancia, la defensa del alcalde podrá apelar la decisión  y será el alto tribunal el encargado de decidir si mantiene o reversa lo que en este se determinó.

En ese sentido, Rangel Manrique podrá continuar ejerciendo sus funciones normalmente hasta tanto haya un nuevo veredicto.

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