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Jueves, 13 Febrero 2020 - 2:04am

No prosperó solicitud de Figueroa de anular proceso en su contra

El concejal había pedido la nulidad, pero el Tribunal Administrativo se la rechazó.

La Opinión
Concejal Mario Figueroa
/ Foto: La Opinión
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La demanda de nulidad electoral que hace trámite en el Tribunal Administrativo de Norte de Santander en contra del concejal del partido Colombia Renaciente, Mario Vicente Figueroa Fernández, seguirá su curso normal hasta tanto haya una decisión de fondo.

Así lo determinó la misma corporación, al rechazar la solicitud de nulidad procesal que había instaurado la defensa del dirigente político, con el fin de dejar sin piso el auto del pasado 23 de enero, en el que se admitió la acción en su contra y, además, se dispuso la suspensión de los efectos de su elección.

Los abogados del concejal argumentaban que la determinación del Tribunal se encontraba viciada y por lo tanto se debía anular, toda vez que “no se acreditó con la demanda el carácter de urgencia de la medida cautelar”, de tal forma que se “trasgredió el derecho fundamental al debido proceso”.

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Sin embargo, los magistrados consideraron que “la providencia bajo examen tiene una carga argumentativa que responde sólidamente a los tópicos exigidos”. En ese sentido, resolvieron que no había lugar a anular el proceso.

CNE pide negar la suspensión

A la par de la decisión del Tribunal Administrativo se conoció también la respuesta que entregó el Consejo Nacional Electoral (CNE) a la corporación, sobre la medida cautelar que ordenó la suspensión de la elección de Mario Figueroa como concejal.

El CNE, que también fue demandado dentro del mismo proceso, planteó que la suspensión no es pertinente, puesto que el acto administrativo que declaró la elección de Figueroa goza de presunción de legalidad.

“No se cumple con los requisitos normativos para decretar las medidas solicitadas. Ahora bien, este es un asunto jurídico que no se puede definir con el trámite de la medida cautelar, situación que solo debe zanjarse con el fallo definitivo, previo el trámite procesal correspondiente”, señaló el tribunal electoral.  
Por esa razón, solicitó que fuera denegada la suspensión que se decretó en contra del concejal cucuteño.

No obstante, esta posición no es vinculante y no influye para nada en la demanda, por lo que será el Consejo de Estado el encargado de decir si es válido o no que el cabildante se aparte de su cargo temporalmente, mientras la demanda en su contra es fallada.

La Opinión

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