Un juez decidió que durante el análisis de los formularios E-14 y E-24 de escrutinios, se percibieron irregularidades.
Interponen desacato por escrutinios en Los Patios

Los promotores de la tutela con la que se buscaba anular la declaratoria de la elección de los concejales de Los Patios para el periodo 2016-2019 y se pedía corregir los resultados de algunas mesas de votación, interpusieron un incidente de desacato, ante el aparente incumplimiento del fallo proferido por el Juzgado Quinto de Familia de Cúcuta.
En aquella decisión, si bien el juez decidió no tutelar los derechos al debido proceso y la participación en la conformación, ejercicio y control del poder político de Nelson Enrique Rincón, excandidato al Concejo de Los Patios por Cambio Radical, sí se admitía que durante el análisis de los formularios E-14 y E-24 de escrutinios, se percibieron irregularidades.
En consecuencia, se solicitaba remitir copia de la decisión a la Registraduría de Los Patios “para que proceda de conformidad a realizar las acciones pertinentes, con respecto a lo planteado en esta acción de tutela, toda vez que este despacho sí percibió irregularidades, al observar las correspondientes copias aportadas dentro de la actuación, de los formularios E-14 y E-24, a fin de que el accionante pueda tener mayor claridad al respecto”.
No obstante, la registradora de Los Patios, Carmen Alicia Ramírez Ayala, les respondió a los tutelantes que a la Registraduría Nacional, por mandato constitucional y legal, le corresponde dirigir y organizar el proceso electoral y elaborar los respectivos calendarios electorales “y nada tiene que ver con las comisiones escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral y esto se puede evidenciar con las funciones que la entidad ejerce”.
La funcionaria insistió en que la Registraduría no es la competente para abrir los sobres de claveros donde se encuentran los votos, “pues esa es una función únicamente en cabeza de la Comisión Escrutadora, la cual fue integrada por los doctores José Francisco Hernández, Néstor Carvajal López y Luisa Beatriz Tarazona, quienes fueron desvinculados de la presente acción constitucional”.
En ese sentido, Ramírez Ayala les sugirió acudir a la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, para que sean quienes decreten las medidas necesarias que consideren pertinentes dentro del proceso.
*La Opinión
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