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Lunes, 2 Noviembre 2015 - 1:19am

Hoy en día hay más conciencia del derecho a pensionarse: Jurista Jácome

El nortesantandereano publicó su libro 'El régimen de transición pensional', en el cual plantea proteger ese derecho.

La Opinión
"El sistema pensional se encuentra bien estructurado desde el punto de vista normativo".
/ Foto: La Opinión
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Libro sobre régimen pensional de autor nortesantandereano

El jurista nortesantandereano Sandro José Jácome Sánchez escribió el libro 'El régimen de transición pensional', publicado recientemente. La Opinión lo entrevistó sobre su obra y otros temas relacionados con el derecho.

¿Cuál es el planteamiento central de su libro?

Se plantea proteger los derechos que adquirieron las personas beneficiarias del régimen de transición de la Ley 100 de 1993, a quienes se les permitió poderse pensionar con los requisitos pensionales establecidos por las normas anteriores a la ley en mención (los cuales eran más favorables en cuanto al acceso a la pensión y el monto de la misma), frente al límite que para dicha protección estableció el parágrafo transitorio No. 4° del Acto Legislativo 001 de 2005, que indicó que los beneficios referidos, se mantendrían hasta el 31 de diciembre de 2014.

Se parte de la idea que quienes adquirieron los beneficios del régimen de transición pensional sin ningún tipo de limites desde el 01 de abril de 1994, deben seguirse beneficiando de estas garantía después del 31 de diciembre de 2014, en la medida que vayan cumpliendo los requisitos para pensionarse de acuerdo a las normas que los venían protegiendo para acceder en mejores condiciones a una pensión de vejez antes de la expedición de la Ley 100 de 1993.

Para el fin anterior, se hace un cotejo del régimen de transición de la Ley 100 de 1993 en torno a los derechos sociales inalienables que protege y su relación inescindible con los derechos constitucionales fundamentales, los pilares de nuestro Estado social de derecho y con el derecho internacional de los derechos humanos y el bloque de constitucionalidad, para enfrentarlos con el Acto Legislativo 001 de 2005.

Finalmente se propone la aplicación de la excepción de inconstitucionalidad del parágrafo transitorio No. 4° del Acto Legislativo 001 de 2005, en los casos donde se deban proteger los derechos de los beneficiarios del régimen de transición de la Ley 100 de 1993, bien sea desde la óptica de los derechos que protegió dicho régimen, bajo la óptica de derechos adquiridos o expectativas legítimas de pensionarse con mejores beneficios a los establecidos en la ley del sistema general de seguridad social integral. Las propuestas de solución que se plantean se hacen desde la aplicación de los principios consagrados en los artículos 48, 53 y 58 de la Constitución Política, y la interpretación favorable del DIDH, explicando cómo se activan cada uno de estos en los problemas planteados.

¿Qué fortalezas tiene el sistema pensional colombiano?

-Dentro de las fortalezas podemos mencionar que el sistema se encuentra bien estructurado desde el punto de vista normativo y los ciudadanos hoy en día tienen más conciencia de lo que implica el derecho a pensionarse y los requisitos que deben cumplir para tal fin.

¿Cómo califica la enseñanza del derecho en las universidades de Cúcuta?

-A nivel país y regional, vista desde la generalidad, se encuentra en un nivel medio bajo, con la tendencia a mejorar con la implementación de la cultura de la acreditación en alta calidad, tarea en la cual se encuentran trabajando muchas universidades.

¿Las universidades de la región son garantía de un mejor conocimiento de docentes y estudiantes?

-Ese tiene que ser el deber ser, que las instituciones de educación superior de la región sean garantía de mejor conocimientos no solo para los docentes y estudiantes, sino para la sociedad en general, al igual que lo realizan las universidades que en la actualidad se encuentran reconocidas como de alta calidad.

¿Qué le aportan las universidades a la administración de justicia?

-Las universidades a la administración de justicia le aportan el insumo básico para su funcionamiento, que son los profesionales del derecho. En el mismo sentido, estas son una fuente inagotable de propuestas novedosas y trabajos de investigación aplicables al nuevo contexto jurídico. Lamentablemente muchas veces la administración de justicia hace caso omiso de las nuevas alternativas  de solución a los problemas que se le plantean y opta por continuar aplicando, de manera mecánica, interpretaciones rezagadas frente al nuevo contexto.

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