La ley otorga mediodía libre por haber ejercido el derecho al sufragio en las pasadas elecciones.
Hasta el 27 hay plazo para pedir descanso por votar
Uno de los beneficios que otorga el certificado electoral entregado por los jurados a aquellas personas que ejercen su derecho al voto, es disfrutar de mediodía de descanso remunerado.
En ese sentido, la Registraduría Nacional recordó que hasta el próximo 27 de noviembre, todos los colombianos que sufragaron en las pasadas elecciones locales y regionales podrán solicitar este tiempo de descanso ante sus empleadores.
“De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, el ciudadano que acredite haber ejercido su derecho al voto en forma legítima, tendrá derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado, por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador”, recordó la entidad.
Esta norma también hace énfasis en que si el empleador no concede el debido descanso a la persona que lo solicite, cuando se trata de una entidad pública, el ciudadano puede presentar una acción de cumplimiento, toda vez que se le estaría negando un derecho consagrado en la ley.
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