La posibilidad de rechazarle la renuncia está contemplada en el artículo 313 de la Ley Quinta de 1992.
En el Congreso pondrían a esperar a Vargas hasta mayo
Una verdadera labor de filigrana política tendrá que hacer el vicepresidente Germán Vargas Lleras si quiere que el Congreso de la República le acepte ‘sin chistarle ni pío’ su dimisión al cargo a partir del próximo 14 de marzo.
Y todo porque comenzó a barajarse la idea en algunos sectores en los que Vargas Lleras genera resistencias, como el Partido Liberal, Partido de La U, el Polo y la Alianza Verde, de poner en marcha el famoso ‘Toconvar’ (‘Todos contra Vargas’), para dejarlo en espera dos meses más, pues constitucionalmente el funcionario tiene plazo de renunciar hasta el 14 de mayo entrante.
Esa posibilidad de rechazarle la renuncia al vicepresidente está contemplada en el artículo 313 de la Ley Quinta de 1992 (Reglamento Interno del Congreso), en el que se advierte, dentro de las atribuciones especiales del Senado, que: “Son atribuciones especiales del Senado de la República: 1. Admitir o no las renuncias que hagan de sus empleos el presidente de la República o el vicepresidente”. Lo mismo está previsto en el primer inciso del artículo 173 de la Constitución Nacional.
Sin embargo, esa norma se presta para varias interpretaciones y tiene sus límites. La reforma constitucional de Equilibrio de Poderes fijó en un año antes, el plazo para que el segundo al mando de la Nación deje su cargo, si quiere aspirar a reemplazar a su jefe. Ese plazo vence el 14 de mayo.
Pero el Congreso bien podría oponerse a aceptar el deseo de Vargas Lleras y esperar hasta el último día.
No obstante, para el constitucionalista Juan Manuel Charry, jurídicamente debe existir una razón de peso para no aceptarle ya la renuncia al vicepresidente, porque no se podrían argumentar razones de interés político para no hacerlo. “Tratar de inhabilitar al vicepresidente es un error muy grande”, considera el analista.
A pesar de este panorama, Vargas Lleras también tendría su as bajo la manga, pues en otro aparte del Reglamento Interno del Congreso, el Artículo 321, se refiere a las dimisiones del presidente y vicepresidente y al respecto señala que: “La renuncia podrá ser reiterada”, es decir, hasta convertirla en una decisión irrevocable, con lo cual la salida del vice no tendría como ser rechazada.
Ayúdanos a seguir haciendo periodismo de calidad
Contribuye aquíComentarios
+ NOTAS
Duque sostuvo encuentro con Lenín Moreno en la frontera
El mandatario sostuvo conversaciones con Lenín Moreno sobre diferentes temas.
Antes de morir, Ana Benilda Becerra salvó a sus vecinos
Un cortocircuito provocó la tragedia en el barrio La Castellana.
La avenida del Río será más deportiva y familiar
El centro de pensamiento del Área Metropolitana tiene unos 61 proyectos estructurados para Cúcuta.
COVID-19, en aumento en la región de Pamplona
Se conocen casos de gente de los municipios de la provincia y de Toledo que llegan a la región a hacerse la prueba de coronavirus.
La delegación regional que estará en la Vuelta al Táchira 2021
Tres equipos representarán a Norte en la edición 56 de esta clásica del continente.
La muerte sigue rondando por La Parada
Jonathan José Seijas llegó hace unos meses a La Parada a trabajar pasando gente y mercancía por las trochas.
Desde hoy, alcaldía empieza a expedir paz y salvo de predial
La Secretaría de Hacienda informó que en esta oportunidad el documento se entregará mucho más pronto que años anteriores.
Tercer toque de queda se cumplió dentro de lo presupuestado
En total fueron impuestos 843 órdenes de comparendo en la ciudad y el área metropolitana.
La pandemia obliga a postergar los retiros espirituales
“No existen condiciones para el encuentro", Jairo López, presbítero de la catedral de Santa Ana.