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Jueves, 21 Marzo 2019 - 5:12am

El Congreso deberá darle trámite a las seis objeciones

La Corte Constitucional se pronunciará sobre la facultad que tenía o no el jefe de Estado para hacer modificaciones a la norma.

Colprensa
El magistrado Antonio José Lizarazo (izquierda) fue el ponente de la decisión y en ella advirtió que las objeciones debían surtir el mismo proceso que el resto del proyecto aprobado mediante el fast track, es decir, pasar primero por el Congreso, para luego sí surtir el control constitucional.
/ Foto: Colprensa
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Solo hasta después del 20 de junio, cuando el Congreso de la República haya evacuado las seis objeciones presentadas por el presidente Iván Duque a la ley estatutaria de la JEP, la Corte Constitucional se pronunciará de fondo sobre la facultad que tenía o no el jefe de Estado para hacer modificaciones a la norma.

De esta manera, el alto tribunal resolvió la consulta elevada por el presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro Carlos Chacón, frente a la pertinencia de volver a examinar los artículos objetados por el mandatario de los colombianos.

“La Corte Constitucional se inhibe para ejercer control de constitucionalidad automático sobre el trámite legislativo que se adelanta con ocasión de las objeciones presidenciales al proyecto de ley estatutaria de la JEP”, explicó la corporación, en una rueda de prensa que tuvo lugar ayer en la tarde.

Aunque el martes tomó fuerza una versión según la cual el alto tribunal le iba a responder a Chacón que las objeciones debían ser devueltas al presidente de la República para su sanción, por tratarse de un proyecto aprobado de forma especial y el cuál ya había dado tránsito a cosa juzgada, finalmente esto no ocurrió, pues el  proyecto de fallo del que se habló nunca existió.

La mejor opción

La decisión de no pronunciarse de fondo, por ahora, frente al trámite de las objeciones fue tomada de manera unánime por los nueve magistrados de la corporación, quienes acogieron la ponencia presentada por el magistrado Antonio José Lizarazo, quien además advirtió que la Corte no es un órgano de consulta.

En su proyecto de fallo, el miembro de la corporación señaló que esta era la mejor opción, por cuanto las objeciones debían surtir el mismo proceso que el resto del proyecto que no sufrió reparos. Es decir,  ser evacuado por el Congreso para luego proceder con el control constitucional.

“Cuando un presidente pone objeciones a un proyecto de ley, se devuelve en el procedimiento, es decir, se retrotrae al segundo debate (en el Congreso) y entonces se inicia de nuevo el debate con relación a las normas que fueron objetadas. En este caso, el procedimiento de las objeciones no ha concluido, porque se regresó al segundo debate. Por lo tanto, la competencia de la Corte solo se activa cuando se surte de nuevo el procedimiento”, explicó.

Lizarazo precisó que si bien no habrá pronunciamiento alguno hasta tanto no se surta el trámite en el Congreso, la Corte sí es competente y conocerá de las determinaciones que finalmente se logren en el Legislativo.

“La Corte es competente para ejercer control de constitucionalidad respecto de las modificaciones, adiciones o supresiones, e incluso del archivo total o parcial del proyecto de Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, como consecuencia del trámite de las objeciones gubernamentales formuladas contra dicho proyecto”, sostuvo.

Así las cosas y despejadas las dudas, el Senado y la Cámara de Representantes deberán proceder ahora sí con el estudio de las seis objeciones, a fin de que puedan estar listas antes de que termine la actual legislatura.

Senado ya integró comisión

A pesar del revuelo que generó la consulta elevada por el presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro Carlos Chacón, a la Corte Constitucional y sin conocerse aún la posición definitiva que tomó la corporación, el Senado ya tenía lista la comisión encargada de rendir el informe a la plenaria sobre las objeciones.

El grupo de 10 senadores está conformado, en su mayoría, por dirigentes afines al Gobierno y partidarios de los cambios que sugiere el presidente Duque a la JEP.

Ellos son: Ernesto Macías (presidente del Senado), Paloma Valencia (Centro Democrático), José David Name (La U), Antonio Zabaraín (Cambio Radical), David Barguil (Partido Conservador), John Milton Rodríguez (Colombia Justa Libres) y Jonathan Tamayo (ASI).

Los únicos integrantes del grupo que se opondrían a las objeciones son: Julián Bedoya (Partido Liberal), Iván Marulanda (Alianza Verde) y Jesús Alberto Castilla (Polo Democrático). 

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