Para ser parte de ella deben participar en el proceso de dejación de armas.
Disidentes de las Farc no se beneficiarán de la Jurisdicción Especial de Paz

Desde la Oficina del Alto Comisionado se emitió un comunicado aclarando lo que se ha dicho sobre la reforma constitucional que crea la Jurisdicción Especial para la Paz. Especialmente, sobre la posibilidad de que las disidencias de las Farc lleguen a recibir los beneficios que brinda el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
Lo anterior, explica el comunicado, porque en el acuerdo sobre la jurisdicción firmado por las partes se especifica que la participación en dicho sistema estará sujeto al proceso de dejación de armas.
“Claramente, quien no participe del proceso de dejación de armas en los términos establecidos en el Acuerdo Final, es decir, que hace entrega de sus armas a las Naciones Unidas en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización, no podrá tener acceso a los tratamientos penales especiales previstos en el Sistema”.
Además de esa condición, “para participar en el proceso de dejación de armas y tránsito a la legalidad se debe acreditar la pertenencia a la organización de conformidad con el procedimiento establecido en el Acuerdo y en la ley para la entrega de listados por parte de las Farc”.
Es decir, el Gobierno puede verificar que quienes no hagan parte del censo que entregaría las Fac y que sería verificado en las zonas veredales transitorias de normalización, no pueden participar en todo el proceso. Y es precisamente en el ingreso a las zonas cuando se recoge la información sobre las personas que componen el grupo guerrillero.
“Las llamadas disidencias de las Farc no cumplen ninguna de estas condiciones y por tanto no pueden acceder a los tratamientos penales especiales que establece el Sistema. Es decir, quien se salga del proceso de paz, perderá todos los beneficios y será investigado por la Jurisdicción Ordinaria”, reiteran.
Y se agrega: “No sobra recordar que cualquier delito que cometan los miembros de las Farc después del 1 de diciembre del 2016, salvo los estrechamente ligados con el proceso de dejación de armas, no podrán ser objeto de ningún tratamiento penal especial. Por el contrario, les caerá todo el peso de la ley”.
Estas especificaciones sobre la Jurisdicción Especial para la Paz, responden a las críticas que ha hecho el Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez apropósito de la aprobación en primer debate de la reforma constitucional que lo crea.
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