La histórica decisión traerá eficiencia, eficacia y transparencia en el trámite de la acción de tutela.
Desde el 31 de julio la Corte abre la puerta a la tutela electrónica
![Sala plena de la Corte Constitucional. Colprensa](https://www2.laopinion.com.co/sites/default/files/styles/640x370/public/2020/07/07/imagen/virtual.jpg)
La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió transformar y modernizar el trámite de revisión eventual de las acciones de tutela a través de medios electrónicos, y no a través de más de 600 mil expedientes de papel como se ha realizado hasta ahora.
De acuerdo con lo expuesto por el alto tribunal, para dichos fines, los despachos judiciales del país deberán enviar la demanda de tutela, el fallo de primera instancia, así como el escrito de impugnación y la sentencia de segunda instancia, sin perjuicio de que la Corte solicite documentos complementarios y, una vez seleccionada, la totalidad del expediente.
La decisión, que empezará a regir desde el próximo 31 de julio, será permanente y facilitará el trámite de más de 100 mil acciones de tutela que se han fallado por los jueces y que no han sido remitidas a la Corte Constitucional.
"Lo anterior no afectará el proceso de selección para eventual revisión de aproximadamente 22 mil expedientes de tutela que se habían recibido físicamente antes que el Consejo Superior de la Judicatura suspendiera los términos desde el pasado 16 de marzo de 2020", reposa en el documento del alto tribunal.
Durante el trámite de selección la Corte Constitucional podrá solicitar a los despachos el envío de piezas complementarias o de todo el expediente.
La decisión del alto tribunal precisó que con el fin de organizar gradualmente el trabajo y realizar pruebas de los canales dispuestos para la recepción de expedientes, los despachos podrán hacer remisiones antes del 31 de julio, no obstante, su radicación interna en la Corte solo se realizará a partir de esa misma fecha.
"La remisión electrónica de expedientes se realizará a través de canales como el Sistema de información Tyba, para los despachos judiciales que tramitaron las tutelas a través de este medio, y la Plataforma Electrónica de Remisión de Tutelas creada por la Corte Constitucional, para quienes no hayan implementado el sistema Tyba o cualquier otro canal que la Corte Constitucional habilite para este fin", señaló el alto tribunal.
Los fallos o las decisiones de tutela y los documentos complementarios que deban remitirse conforme a lo dispuesto, serán enviados exclusivamente por los despachos que emitan los respectivos pronunciamientos.
“Se rechazarán de plano y no serán objeto de selección para revisión eventual de la Tutela los expedientes que sean enviados directamente por quienes sean parte en las acciones de tutela”, argumentó la corporación.
La histórica decisión traerá eficiencia, eficacia y transparencia en el trámite de la acción de tutela, e implicará un significativo ahorro económico para el Estado y un aporte a la protección del medio ambiente, dejó claro el alto tribunal.
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