Juzgados negaron tutelas a Pedro Yoner Meza,quien había logrado una recalificación, mejorando su puntaje.
Concurso de méritos para personero comienza de cero

Después de varias tutelas, suspensiones y hasta la renuncia de uno de los candidatos, el proceso para elegir personero de Cúcuta para el periodo 2016-2020 tendrá que empezar nuevamente, tal y como lo había decidido el Concejo, el pasado 9 de enero, cuando declaró desierto el anterior concurso de méritos.
Aunque uno de los dos aspirantes al cargo, Pedro Yoner Meza Rodríguez, había dado la pelea por convertirse en el sucesor de Orlando Arturo Puentes, logrando que la CUN le repitiera una de las pruebas, lo que mejoró su puntaje y le permitió hacer parte de la lista de elegibles, la tutela con la que buscaba que se convocara la elección y se revocara la declaratoria de desierta, fue rechazada por improcedente.
Según el Juzgado Primero Civil Municipal, en el caso concreto de Meza Rodríguez no se advierte ninguna violación de los derechos fundamentales que amerite ser amparado mediante la acción de tutela.
Para la jueza Miryam Albino Becerra, tampoco existen perjuicios irremediables que permitan hacer viable este mecanismo constitucional “conforme los parámetros de inminencia, gravedad, urgencia e impostergabilidad”.
Como se ha advertido ya en otras de las tantas tutelas que han llovido sobre el proceso de elección de contralor, la funcionaria judicial consideró que en este escenario, el recurso de la tutela no es el medio idóneo ni adecuado para reemplazar las actuaciones de la jurisdicción contenciosa administrativa.
“El accionante se equivoca al acudir a la acción de tutela como instrumento judicial principal para su pretensión, pues si bien es cierto que las decisiones en la jurisdicción contenciosa administrativa pueden tornarse insuficientemente céleres para garantizar la protección de los derechos fundamentales, no menos cierto es que se establecieron herramientas que se pueden solicitar ante el juez natural que suplen esta falencia”, consideró la jueza.
Aunque la decisión será impugnada por Meza Rodríguez y no se descarta una futura demanda administrativa, mientras se conoce una nueva orden que pueda cambiar los planes del Concejo, por ahora la mesa directiva de la corporación ha anunciado que seguirá adelante con el proceso que había emprendido de cero y que estaba suspendido por cuenta de varias órdenes judiciales.
También la del encargo
La otra tutela mediante la cual el único candidato que quedó del anterior concurso de méritos para personero, Pedro Yoner Meza Rodríguez, buscaba la protección de sus derechos, al no ser elegido como encargado de la entidad mientras se elegía, también fue declarada improcedente.
Con este recurso, el secretario general de la Personería reclamaba que se tuviera en cuenta la Ley 136 y un concepto del Consejo de Estado en los que se establece que si vencido el periodo de un personero, el Concejo todavía no ha elegido al sucesor, como ocurrió en Cúcuta, el cargo podrá ser desempeñado, temporalmente, por el funcionario de la entidad que le siga en jerarquía, siempre y cuando reúna las condiciones.
Sin embargo, el Juzgado Quinto Civil Municipal consideró que el tutelante hizo caso omiso de la invitación hecha por el cabildo para presentar las hojas de vida, como parte del proceso para elegir encargado, “limitándose a exponer que reunían los requisitos para el empleo”.
Para el juez quinto, Hernando Antonio Ortega, no es cierto que la corporación haya actuado de manera arbitraria, caprichosa y contraria a la ley al hacer una convocatoria pública para suplir el cargo de manera temporal.
Esta decisión fue reprochada por Meza Rodríguez, quien aseguró que el juez olvidó el concepto del Consejo de Estado, además de que en el fallo no advierte qué norma aplica.
*La Opinión
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