Les deberán devolver el dinero a quienes pagaron.
Anulan sanción a ocho exconcejales, por el caso del Parque Bavaria
Ocho años tuvieron que pasar para que 8 de los 16 concejales que en 2006 le dieron vía libre a la Corporación Parques Cúcuta lograran demostrar que no ejercieron ninguna actuación indebida frente al fallido proyecto del Parque Bavaria, el cual fue concebido en su momento como una de las obras más ambiciosas para la ciudad, pero que terminó convertido en un gigantesco hueco.
Luego de haber sido sancionados con una suspensión de seis meses por parte de la Procuraduría General de la Nación, porque presuntamente se extralimitaron en el ejercicio de sus funciones, el Consejo de Estado les dio la razón y determinó que los exintegrantes de la corporación municipal no solo podían, sino que debían autorizar al mandatario local “cuando se pretenda «conformar o constituir» (no crear en estricto sentido) una entidad descentralizada del orden municipal”.
En este sentido, el alto tribunal resolvió declarar nula la sanción proferida por el entonces procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, en contra de Hugo Francisco Márquez Peñaranda, Luis Eduardo Guevara Jaimes, Lyda Jazmín Ardila Ardila, William Abel Ovallos Pacheco, Vicente García Granados, Nelly Amparo Pérez Toro, Rodolfo Torres Castellanos y María Margarita Silva de Uribe, quienes se habían unido para presentar la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho.
En esta acción, los exconcejales alegaban que con el fallo sancionatorio la Procuraduría les había violado el debido proceso y el derecho a la defensa, y que había serias incongruencias entre el pliego de cargos y la decisión sancionatoria, argumentos que les fueron aceptados.
“Advertido el desconocimiento de las normas en que debían fundarse los actos disciplinarios acusados y que adicionalmente en una parte del cargo formulado también hubo una afectación al derecho a la defensa, por la inobservancia del principio de congruencia, se declarará la nulidad de las decisiones proferidas por el procurador general de la Nación, mediante las cuales se sancionó disciplinariamente a los demandantes”, reza el fallo del Consejo de Estado.
Las razones para anular la sanción
En septiembre de 2011, una tormenta política se desató en la ciudad, después de que la Procuraduría resolviera sancionar con ocho meses de suspensión en el ejercicio del cargo a los concejales que en su momento le concedieron facultades al alcalde de la época, Ramiro Suárez Corzo, para crear la Corporación Parques Cúcuta.
A los cabildantes les reprochaban el haber incurrido en una falta grave, no solo por autorizar la creación de dicha entidad, sino porque le otorgaron facultades para utilizar $4.000 millones de recursos del presupuesto municipal para su constitución y el desarrollo del objeto social para el cual fue concebida.
El asunto se tornó mucho más complejo, por cuanto apenas un mes antes, el Tribunal Administrativo de Norte de Santander había dicho que el Concejo sí tenía atribuciones para autorizar a Suárez Corzo a crear la Corporación y de una u otra forma legitimó sus acciones.
No obstante, en febrero de 2012, el Ministerio Público confirmó la sanción contra los concejales, al reiterar que estos sí habían incurrido en una falta. La suspensión, sin embargo, se redujo de ocho a seis meses.
Como la mayoría de los sancionados ya no estaba en el Concejo de Cúcuta cuando se produjo el fallo, el castigo se transformó en una multa en efectivo, equivalente al monto de lo devengado en el momento que se cometió la falta.
El más afectado terminó siendo el concejal del Partido Conservador, Víctor Fidel Suárez, quien para entonces se mantenía en el mismo cargo y en ese sentido tuvo que apartarse durante seis meses de su curul.
A raíz de que el fallo de la Procuraduría era de única instancia, los sancionados tuvieron que acudir a una conciliación extrajudicial, pero como esta no funcionó, procedieron con la demanda de nulidad que terminó por demostrar que sí tenían la razón.
En la decisión proferida por el Consejo de Estado, el magistrado ponente, William Hernández Gómez, señaló que hubo una evidente violación de las normas por parte del ente de control disciplinario, a la hora de determinar la sanción.
“Los actos administrativos demandados están viciados de nulidad porque fueron expedidos con violación de las reglas de derecho en las que debían fundarse, toda vez que en ellos el procurador general de la Nación interpretó erróneamente las disposiciones que facultan a los Concejos para autorizar a los alcaldes a constituir una entidad descentralizada del orden municipal”, señala uno de los apartes del fallo.
En este se advierte, igualmente, que si el Concejo no hubiera dado la respectiva autorización, sus integrantes pudieron ver comprometida su responsabilidad, por una omisión.
“Esta Subsección concluye que los concejales actuaron facultados por la norma, actuación que, como mínimo, coincidía con aquella interpretación que plantea que para la conformación de las entidades descentralizadas no solo debe mediar la decisión del respectivo alcalde sino la autorización del respectivo cuerpo colegiado como lo es el Concejo Municipal”.
El magistrado plantea también que las decisiones sancionatorias de la Procuraduría: “describieron los hechos constitutivos de otras irregularidades que posiblemente se presentaron una vez fue constituida la entidad Parques de Cúcuta, muy especialmente cuando se dieron autorizaciones para crear otro tipo de entidades, destinando indebidamente los recursos públicos de la entidad descentralizada que recién se había creado”.
Esto es, cuando la Corporación pasó a formar parte de la Sociedad Parques de Cúcuta Ltda., hecho que fue el que terminó por desencadenar el escándalo frente al proyecto del Parque Bavaria.
Una posición en ese mismo sentido había planteado en su momento el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, cuando despejó el panorama para los concejales y en cambio centró la responsabilidad del presunto ilícito en terrenos de dicha Sociedad.
“No obstante, esto ya no podía ser atribuible al comportamiento de los concejales, en la medida en que estos no tenían el dominio de la situación en cuanto a las decisiones adoptadas por la junta directiva y el representante legal de la Corporación Parques de Cúcuta”, dice la reciente sentencia del Consejo de Estado.
Les deben restituir a quienes pagaron
Además de anularles la sanción y ordenar a la Procuraduría y al Concejo de Cúcuta que se cancelen los registros de la misma, el alto tribunal condenó al Ministerio Público a devolverles el dinero a los demandantes que pagaron para cumplir con el fallo en su contra.
“El valor para cada uno de los demandantes será de $22’273.470, sumas que deberán ser indexadas conforme a los parámetros fijados en la parte considerativa de la presente decisión”, señala la sentencia.
La Opinión conoció que algunos de los ocho exconcejales que habían cumplido con el pago, porque tenían aspiraciones a cargos públicos, fueron: Hugo Márquez, Rodolfo Torres y Luis Eduardo Guevara.
Reacciones
Margarita Silva de Uribe: “Considero de gran importancia este fallo del Consejo de Estado que anula las decisiones del exprocurador Alejandro Ordóñez, consideradas entonces muy injustas y utilizadas para lesionar el buen nombre y la trayectoria política de los concejales de la época. En esencia me siento muy satisfecha de este triunfo jurídico, pues nos dan la razón y se confirma nuestro actuar conforme a derecho y nuestro buen nombre”.
Hugo Márquez Peñaranda: “Le doy gracias a Dios porque brilló la justicia y lo único que espero de parte de las personas que intervinieron y en algún momento pudieron desinformar a la ciudadanía al respecto, es que corrijan. Durante 11 años se mancilló el nombre de todos nosotros. Se dijo que los concejales éramos los que nos habíamos robado la plata y nosotros nunca dispusimos de un recurso. Hay que hacer un borrón y cuenta nueva, pero en el que los ciudadanos nos informemos más para no ser prejuiciosos, para no atacar ni endilgar responsabilidad donde no las hay. La justicia es tardía, pero llega y lo más importante es que aquí no hubo abogados connotados, sino puros cucuteños”.
¿Y los demás?
El fallo que acaba de ser proferido por el Consejo de Estado en favor de los exconcejales que participaron en la creación de la Corporación Parques Cúcuta y cuya demanda estuvo en cabeza de Margarita Silva de Uribe, habla de una nulidad parcial de los actos administrativos sancionatorios, por cuanto solo aplica para los que demandaron, es decir, para ocho de los 16 involucrados.
En mayo del año pasado, el alto tribunal había proferido un fallo similar que favoreció a otro de los sancionados: Jorge Iván Cáceres García.
En curso se encuentra otra demanda instaurada por el exgobernador Edgar Díaz y el director del Hospital Mental Rudesindo Soto, Eduardo Chaín.
Los otros exconcejales que no demandaron o que también tienen procesos en curso frente a la misma sanción son: Blanca Cruz González, Víctor Fidel Suárez, Juan Carlos García Gómez, Alfredo Duarte Gómez y Juan Manuel Morelli Santaella.
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