Hay cerca de 100 leyes de honores que fueron aprobadas entre 2010 y 2016, según la Universidad de La Sabana.
30% de las leyes aprobadas en un año "son inútiles"
Un informe hecho por el abogado constitucionalista, Hernán Olano, director del Departamento de Historia y Estudios Socio Culturales de la Universidad de La Sabana, reveló que el 30 % de las normas que se producen en el Congreso de la República durante un año, son inútiles y sin mayor importancia, por lo menos en lo que a trascendencia nacional respecta.
Olano se refiere, especialmente, a las cerca de 100 leyes de honores que, según el informe, fueron aprobadas entre 2010 y 2016 y que a pesar de que se consideran las menos lesivas o importantes son, por regla general, las que más compromiso económico tienen, toda vez que obligan a hacer obras, publicaciones, cuadros o monumentos que consumen miles de millones de pesos de los recursos de la Nación y el erario.
“La aprobación de cerca de estas 100 leyes se debe, en parte, a que existe el problema de medir a los congresistas por el número de proyectos de ley presentados y la cantidad de iniciativas aprobadas, así estás no tengan ninguna importancia o trascendencia. Este es el resultado de medir al Congreso por números y no por eficacia, situación absurda”, considera el autor del informe.
Para Olano, miles de leyes en el país podrían estar en contradicción con las disposiciones actualmente vigentes, pero hasta el momento no se tiene un control de las mismas.
En ese sentido, trajo a colación algunas normas aprobadas por el Congreso que no han sido derogadas y nadie en la sociedad las cumple:
- Ley 62 de 1887, que impide la importación de ciudadanos chinos a Colombia para cualquier trabajo en el territorio nacional sin perjuicio de lo que haya sido estipulado con determinadas compañías o empresas antes de la expedición de la presente ley.
-Código de Régimen Político y Municipal de 1914, el cual sostiene que los decretos o actos que expida el alcalde de turno deberán ser comunicados a bando, es decir, a través de un trompetero y un timbalero.
-Ley 11 de 1920, que prohíbe la venta de jeringas y agujas sin formula médica.
-Ley 32 de 1980, que prohíbe la comercialización de sal de La Guajira en la Costa Atlántica, salvo que se tenga un permiso de la aduana de Riohacha.
-Ley 88 de 1923, que prohíbe la venta de las bebidas alcohólicas a los menores de edad e impone sanciones a quienes comercialicen todo tipo de trago
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