Dijo que el proceso cuenta con todas las garantías y que se descarta cualquier tipo de intromisión.
Fiscal a cargo del caso Uribe decidió no declararse impedido

El coordinador delegado de la Fiscalía ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Ramón Jaimes Durán, no se declaró impedido en el proceso que se adelanta contra el expediente Álvaro Uribe Vélez por el caso de supuestos falsos testigos, como lo había solicitado el senador Iván Cepeda.
Según los argumentos del delegado de la Fiscalía, la solicitud del senador Cepeda no es procedente debido a que no se cumple con las causales de impedimento establecidas en la Ley 906 de 2004 del Sistema Penal Acusatorio.
De igual forma, Jaimes Durán señaló que tiene total autonomía y agregó que la Fiscalía es un ente independiente, amparado en la Constitución Nacional. Dijo que el proceso cuenta con todas las garantías y que se descarta cualquier tipo de intromisión.
Lea aquí: Juez de Montería negó hábeas corpus que buscaba libertad de Uribe
La decisión de Gabriel Ramón Jaimes Durán se suma a la tomada por el fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, quien tampoco se declaró impedido en el caso del expresidente Álvaro Uribe, tal y como lo solicitó el abogado del senador Iván Cepeda.
La defensa del senador Cepeda, argumenta que a los fiscales les une una relación de amistad con el expresidente Uribe, lo que a us juicio hace que estén impedidos para seguir el proceso.
"No existe vínculo alguno entre los funcionarios recusados y el señor Álvaro Uribe Vélez. Los argumentos y situaciones que expuso el abogado de Iván Cepeda no pasan de ser conjeturas y descalificaciones personales sin ningún fundamento jurídico, que se soportan en un punto de partida irrazonable: que el Fiscal General de la Nación y/o sus delegados sufrirán presiones externas indebidas y que actuarán de conformidad con ellas, más no en derecho y de acuerdo con los hechos debidamente probados”, indicó Barbosa.
Por el momento, el exsenador Álvaro Uribe Vélez seguirá privado de su libertad hasta que un juez con función de control de garantías decida si revoca o no la medida de casa por cárcel que le ordenó la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, cuando esta corporación tenía la competencia del casi.
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