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Sábado, 21 Marzo 2020 - 2:00pm

Lo que debe tener en cuenta en esta época de aislamiento obligatorio

La Gobernación y la Alcaldía de Cúcutra difundieron varios mensajes en redes sociales para aclarar su medida a los nortesantandereanos.

La Opinión
Así luce la ciudad durante el toque de queda.
/ Foto: La Opinión
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En Norte de Santander ya se confirmaron ocho casos de COVID-19, y en Colombia los contagiados aumentaron a 196, tema preocupante para el país, especialmente para esa región de frontera. 

Por lo tanto, debido a esa rápida propagación del virus, las autoridades departamentales se unieron al aislamiento vital y tomaron medidas drásticas para lograr frenar los contagios.

El gobernador de Norte de Santander, Silvano Serrano, quien ya se preacticó su prueba de coronavirus; y el alcalde de Cúcuta, Jairo Yañez, anunciaron este viernes por medio de dos decretos cuáles serían las pautas a cumplir para no afectar a la problación durante el toque de queda de 24 horas para toda la ciudadanía.

Aunque para algunos fue clara la medida, otros se mostraron confundidos con las restricciones y las excepciones. Por ello, la Gobernación y la Alcaldía de Cúcutra difundieron varios mensajes en redes sociales para aclarar su medida a los nortesantandereanos y cucuteños.

De acuerdo con lo anunciado por los mandatarios, esto es lo que puede hacer:

*Sacar a sus mascotas a hacer sus necesidades, dos veces al día, en un tiempo de 20 minutos. Recomendación: no olvide recoger su excremento para evitar propagación de infecciones.

*Una persona por hogar, puede salir a abastecerse de alimentos, una vez al día.

*Podrá usar el transporte público, si lo necesita, pues este servicio funciona y está regulado.  

*Puede recoger a un viajero, pero debe llevar el pasabordo digital.

*Una moto puede circular sin parrillero, si se encuentra dentro de las excepciones.

Quiénes pueden salir:

*Los periodistas pueden movilizarse si cuentan con la identificación respectiva.

*Pueden salir los menores de 18 y los mayores de 60 años, sólo si requieren atención médica.

*Los funcionarios públicos que estén autorizados.

*Trabajadores particulares de farmacias de turno.

*Los trabajadores que prestan servicio nocturno.

*Personal de vigilancia privada y celaduría.

*Quienes estén debidamente identificados como miembros de la Fuerza Pública, Ministerio Público, Defensa Civil, Cruz Roja, Defensoría del Pueblo, Bomberos, Fiscalía, miembros de la Rama Judicial y organismos de socorro.

A continuación, otras excepciones:

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