A discusión artículos sobre porte de armas

La Corte Constitucional revisará una demanda contra los artículos 32 y 41 del decreto que regula la tenencia y el porte de armas. El argumento es que por estos dos artículos se ha dejado fuera del debate a las partes civiles, pues es una decisión que, en estos momentos, es exclusiva de las Fuerzas Militares.
El alto tribunal apenas aceptó el lunes la demanda de inconstitucionalidad, por lo que aún falta tiempo (meses) para conocer la decisión y las repercusiones que tendrá en la forma en la que se expiden permisos para que un civil porte armas.
Aun así, la discusión ya inició pues, a juicio de los demandantes, por experiencias ocurridas en el país, como las Convivir que dieron pie a grupos paramilitares en distintos departamentos, la regulación de armas es un tema complejo.
El primer artículo demandado señala que la responsabilidad de la expedición y revalidación de los permisos de porte de armas, así como para la venta de municiones y explosivos, es responsabilidad de autoridades militares. Y el artículo 41 señala que estas mismas autoridades, que dan los permisos, se deben encargar de suspenderlos y que las autoridades locales deben acudir a los militares para quitar un permiso.
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