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Lunes, 23 Septiembre 2019 - 11:30am

Consejo de Estado anuló destitución del exsecretario de Presidencia

Bernardo Moreno había sido sancionado por la Procuraduría con inhabilidad de 18 años.

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Moreno Villegas fue condenado penalmente por haber suministrado esa información a la prensa, entre otras conductas relacionadas con el uso dado a esos datos.
/ Foto: Archivo
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El Consejo de Estado dejó sin efectos la destitución e inhabilidad de 18 años que la Procuraduría le impuso al exsecretario general de la Presidencia de la República, Bernardo Moreno Villegas. 

El exfuncionario había sido sancionado por haberse reunido con funcionarios del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y la Unidad de Análisis Financiero (UIAF) para obtener información de Ascencio Reyes, el supuesto organizador de un evento dirigido a magistrados de la Corte Suprema de Justicia en el 2006. 

Según reposa en la providencia, Moreno se habría reunido con Reyes para entregar información sobre el vuelo en el que viajarían los magistrados a Neiva. Información que entregaron a la prensa, al parecer, para desprestigiar la imagen de los juristas. 

Sin embargo, pese a que la Procuraduría consideró que el actuar de Moreno era irregular, el Consejo de Estado estimó que exfuncionario sí estaba habilitado legalmente para obtener la información de inteligencia relacionada con Reyes, pues se trataba de una actuación legalmente permitida al Departamento Administrativo de Presidencia de la República. 

La corporación señaló que si bien Moreno Villegas fue condenado penalmente por haber suministrado esa información a la prensa, entre otras conductas relacionadas con el uso dado a esos datos, la misma Corte Suprema de Justicia no consideró que la reunión con los funcionarios del DAS y la UIAF para obtener los resultados de sus registros desbordara el marco de sus competencias. 

“La Sala considera que a pesar de que seguramente había mérito suficiente para responsabilizar al aquí demandante, como sí ocurrió en la jurisdicción penal, en el proceso disciplinario se interpretaron de forma errónea las normas que definían las competencias del entonces director del DAPRE y se dejaron de aplicar las que asignaban a los directores del DAS y de la UIAF la función de comunicar a la Presidencia de la República la información recolectada en el marco de sus labores de inteligencia”, dice la sentencia. 

Como consecuencia de estas conclusiones, el Consejo de Estado declaró la nulidad de los apartes de los actos administrativos que contienen la declaratoria de responsabilidad disciplinaria y la sanción y, a título de restablecimiento del derecho, ordenó cancelar el registro de la medida disciplinaria. 

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