Hace casi tres meses, las 300 viviendas gratis fueron entregadas a desplazados, damnificados y personas de bajos recursos.
Cuota de celaduría, conflicto en Villas de San Diego
No tienen tres meses conformados como comunidad y ya hay asperezas entre los habitantes del conjunto residencial Villas de San Diego, en Los Patios, proyecto de vivienda de 15 torres y 300 apartamentos entregados a familias desplazadas por la violencia, damnificados del invierno y personas de muy bajos recursos.
Entre los vecinos hay un conflicto desde prácticamente que les dieron los inmuebles, el 8 de junio, por la cuota establecida para la vigilancia interna de las áreas comunes, la cual incluye tres trabajadores de una empresa y 16 cámaras de video, algunas ya instaladas.
Muchos se quejan de que no tienen cómo pagar los 25 mil pesos mensuales que les piden; de ese dinero 20 mil es para el salario de los celadores y 5 mil para un fondo común con el fin de atender cualquier necesidad o reparar algún daño que resulte.
Una de las familias que dijo no contar con esos recursos es la conformada por María Antonia Villamizar y Luis Rivero, dos adultos mayores beneficiados por ser damnificados de las lluvias. En la misma situación está Isidro Vesga, desplazado por el conflicto armado.
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También Jessica Marbelis Moscote, víctima de la guerra, argumentó que la cantidad de dinero exigida es muy alta para su capacidad de ingresos.
Estos residentes manifestaron no estar en desacuerdo con la implementación de la vigilancia privada, sino que pidieron evaluar el monto establecido. Además, se quejaron de una amenaza que surgió de parte de un hombre, a quien no supieron identificar, de que si no daban el dinero les podían quitar sus casas o que debían devolverlas.
Vale recordar que son 300 unidades habitacionales y, si cada ocupante debe dar 25 mil pesos al mes, el monto total recaudado será de 7.500.000 pesos.
“80 son los únicos que no han querido pagar”
La Opinión habló con una de las presidentas de torre, pues cada una tiene un líder, para que explicara lo que ocurre. Se trata de Jessica Padilla, del edificio 4, quien precisó que “80 son los únicos que no han querido pagar” la vigilancia y que todos los habitantes tienen claro en qué se están invirtiendo los recursos.
Padilla detalló que la empresa encargada de la seguridad es la misma que prestó su servicio durante la construcción del conjunto residencial, todo lo que se ha dispuesto se ha aprobado en asamblea general de propietarios y que el acta en la que quedó establecido el pago aparecen 151 firmantes.
Aseguró que a quienes dicen no poder cumplir con la cuota les propusieron hacer rifas, bingos o cualquier otra iniciativa, con el apoyo de los líderes vecinales, pero tampoco quieren. “Se cierran a la idea de no pagar. El acalde –Diego González- estuvo aquí y les explicó la importancia de conservar las instalaciones”.
Sostuvo que el pago también cubre una póliza de seguro y que ya una de las habitantes resultó beneficiada, porque le robaron su moto. Agregó que, ante el inconformismo de algunos, solo están cobrando los 20 mil pesos por concepto de vigilancia.
Finalmente, Jessica Padilla aclaró a sus vecinos que Villas de San Diego está legalmente constituida como propiedad horizontal y ellos, los llamados presidentes de cada torre, ya gozan del rango de administradores y que solo les falta la personería jurídica.
Sobre la supuesta amenaza de despojarlos de sus viviendas, indicó que no es verdad, aunque si les han hecho a saber que a futuro, si los dueños o moradores de los inmuebles tienen deudas con la junta administradora o no cumplen con sus obligaciones, pueden ser objetos de sanciones, lo cual está “estipulado en el manual” que les entregó el Ministerio de Vivienda.
¿Qué dice la ley?
El artículo 37 (capítulo X ‘De la asamblea general’) de la Ley 675 de 2001, sobre el régimen de propiedad horizontal, determina que “las decisiones adoptadas, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias, son de obligatorio cumplimiento para todos los propietarios, inclusive para los ausentes o disidentes, para el administrador y demás órganos, y en lo pertinente para los usuarios y ocupantes del edificio o conjunto”.
Los artículos 78 y 79 (capítulo V, respecto a las obligaciones económicas) rezan, sobre las “cuotas de administración y sostenimiento”, que “los reglamentos de las Unidades Inmobiliarias Cerradas establecerán cuotas periódicas de administración y sostenimiento a cargo de los propietarios de los inmuebles” y que “los administradores podrán demandar la ejecución de las obligaciones económicas y de las sanciones pecuniarias impuestas a propietarios y moradores”.
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