Duque deberá sancionar la Ley Estatutaria sin más discusiones.
Corte Constitucional tumbó objeciones a la JEP

La Corte Constitucional, en su sala plena de este miércoles, decidió remitir la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) al presidente de la República, Iván Duque Márquez, para su sanción y promulgación, luego de que el Congreso rechazó las objeciones presentadas a seis de sus artículos por el propio mandatario colombiano.
El magistrado ponente Antonio José Lizarazo, explicó que la corporación no estudió de fondo las seis objeciones que hizo el presidente, sino que verificó el trámite que se surtió en la Cámara de Representantes y en el Senado de la República durante el estudio de las mismas.
“En esta ocasión la Corte tuvo la oportunidad de estudiar el caso y teniendo en cuenta el informe del congreso, la Corte aborda como cuestión previa el estudio de la votación para concluir que en la cámara de representantes se había obtenido una votación de 110 a favor de hundir las mismas”, precisó el magistrado Lizarazo.
También explicó que en el caso del Senado, las objeciones también fueron rechazadas, ya que de acuerdo a las cuentas realizadas por la corporación, los 47 votos que obtuvo fueron suficientes para determinar el futuro de la decisión.
Según los cálculos de la Corte, de los 108 senadores que componen el Senado de la República, se aprobaron 14 impedimentos, reduciéndose a 94, menos otros dos que no se habían posesionado, lo que deja un total de 92 senadores que estaban acreditados para la votación. En ese sentido, la mitad es 46 y más uno representa los 47 votos que se obtuvieron finalmente.
Lo que dijo el magistrado es que precisamente Aida Merlano e Iván Márquez fueron los que no se posesionaron, por lo que no podían ser contados en la votación. Así las cosas, lo que ordena la Corte Constitucional es que el Presidente Duque sancione la Ley Estatutaria sin ninguna objeción.
La presidente de la Corte constitucional, Gloria Stella Ortiz, señaló que no había ningún cambio en el proyecto de Ley. “Lo que hubo fue una insistencia en el proyecto, por esa razón no se modifica ni se quita algunos artículo. Si hubiese el impacto de modificar algunos de ellos la Corte lo habría hecho de fondo. Pero este no es el caso”.
En diciembre pasado, el alto tribunal bajo la sentencia C080 de 2018 y con ponencia del magistrado Lizarazo, entregaron el documento al Congreso de la República para que este fuera sancionado por el presidente. Sin embargo, como es conocido el documento recibió negativa por parte del jefe de Estado.
Las objeciones de la JEP se suscitaron días después de que el exfiscal Néstor Humberto Martínez hiciera algunos reparos a la Ley Estatutaria, porque a su juicio se registraría un manto de impunidad.
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