La JEP compulsó copias para que se investigue a funcionarios de la Fiscalía General de la Nación.
‘Espero que no se vayan a dar acciones de hecho’
Apenas unas horas después de que se conociera la decisión que este miércoles estremeció al país político y provocó hasta la renuncia del fiscal general de la Nación, desde su sitio de reclusión el exjefe guerrillero de las Farc, Jesús Santrich, calificó como un “triunfo” su orden de libertad y como “la estocada final”, con la que termina, el “montaje” que, asegura, se gestó en su contra.
Mientras definía la suerte de otro de los principales comandantes de la desaparecida guerrilla, Hernán Darío Velásquez, El paisa, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) sorprendió con el anunció de que decidió aplicar la garantía de no extradición a Seuxis Paucias Hernández Solarte, como verdaderamente se llama Santrich, y en su lugar le ordenó a la Fiscalía General de la Nación disponer su inmediata libertad.
Los magistrados explicaron que con las pruebas aportadas “no se puede evaluar la conducta atribuida a Hernández Solarte ni tampoco determinar la fecha precisa de su realización”.
“El juzgamiento del compareciente en Colombia es la manera más efectiva de garantizar la consolidación de una paz estable y duradera, y el goce de los derechos del solicitante de la garantía de no extradición, en cuanto a su seguridad jurídica, y también los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición”, precisó la JEP en un comunicado.
En un audio que puso a circular en las redes sociales y en el que se escucha música clásica de fondo, Santrich fue enfático al decir que espera que el Gobierno, la Fiscalía y otras instancias respeten el fallo “y no se vayan a dar acciones de hecho que tiren por la borda este momento”.
“Aún creo posible la conquista de la paz con justicia social. (...) Creo necesario decir que este es un pequeño, pero significativo paso de avance en la lucha por alcanzar la reconciliación nacional”, señaló.
En la deliberación de la JEP frente al caso Santrich, dos magistradas salvaron su voto: Claudia López Díaz y Gloria Amparo Rodríguez. En el acta quedó consignado de parte de López Díaz que, “honrando la interpretación fidedigna del Acuerdo Final y sus propósitos, la Sección debió negar el beneficio de la garantía de no extradición (...) y remitir el expediente a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para continuar el trámite de extradición, como lo pidió el Ministerio Público”.
Novelón judicial
El viacrucis de Seuxis Paucias Hernández empezó el 9 de abril de 2018, cuando fue solicitado en extradición por los Estados Unidos, por sus presuntos vínculos con grupos narcotraficantes y el envío de cocaína a ese país, posterior a la firma del acuerdo de paz suscrito en La Habana.
Sin duda alguna, esta detención supuso un duro golpe para el proceso de paz que se firmó entre el Gobierno Nacional, en cabeza en ese momento del presidente Juan Manuel Santos, con una de las guerrillas más antiguas del continente, dado el papel protagónico que tenía Santrich en el partido político conformado tras la desmovilización y su posición como uno de los cinco representantes a la Cámara por el movimiento.
El exjefe guerrillero, quien fue enviado a la cárcel La Picota, inició una huelga de hambre que duró al menos un mes. A los 17 días de estar recluido en el centro penitenciario fue trasladado al hospital, bajo las más estrictas medidas de seguridad.
Una vez se recuperó, el 10 de mayo fue trasladado a la Fundación Caminos de Libertad, espacio ofrecido por la Conferencia Episcopal por razones humanitarias y, posteriormente, el primero de junio regresó a la cárcel, luego de que el Instituto Nacional de Medicina Legal dictaminara que estaba en condiciones de seguir recluido en la penitenciaria.
Durante el año, un mes y seis días que ha estado retenido se han registrado fuertes enfrentamientos entre la Fiscalía, la JEP, la Corte Suprema de Justicia y el propio Ministerio de Justicia, toda vez que no había claridad sobre quién tenía las competencias para entrar a definir la situación del exmiembro de las Farc, que no pudo tomar posesión de la curul como representante a la Cámara, el 20 de julio del año pasado.
Según se explicó en su momento, el Ministerio de Relaciones Exteriores recibió formalmente la solicitud de extradición a comienzos de junio de 2018, la cual fue remitida al Ministerio de Justicia, a la Secretaría Jurídica de la JEP y a la Fiscalía General, con el fin de avanzar en el caso de extradición.
Una vez definidas las competencias por parte de la Corte, el proceso de Santrich volvió a tomar forma y nuevamente la JEP entró a estudiar el caso.
En septiembre, el tribunal decidió solicitar a la Fiscalía los audios y videos de las pruebas que pesaban sobre Santrich y, posteriormente, el material fue requerido directamente a la justicia de Estados Unidos.
En el curso de este proceso ocurrió un hecho de no creer: la carta que definía el futuro de Jesús Santrich nunca llegó a manos de la justicia norteamericana, lo cual provocó un retraso de 40 días en el proceso.
No obstante, el 4 de febrero la JEP volvió a dar otro plazo de 20 días para recibir la asistencia judicial de Estados Unidos, la cual fue recibida a finales del mes, con lo cual la investigación entró en su recta final con la presentación de conclusiones por parte de la Procuraduría y de la propia JEP.
JEP compulsa copias
Además de la decisión de negar la extradición de Jesús Santrich y pedir su libertad, la Jurisdicción Especial para la Paz compulsó copias para que se investigue a funcionarios de la Fiscalía General de la Nación, por las presuntas irregularidades en el recaudo de las pruebas de este caso.
“La Sección le solicitó a la Fiscalía que allegara la documentación que soportara la asistencia judicial con la que habían actuado en el territorio colombiano los llamados ‘testigos confidenciales’ que actuaron bajo la dirección de las autoridades norteamericanas, pero la Fiscalía no aportó esa documentación”, señaló la JEP en un comunicado.
En este también advierten que el ente acusador aseguró que esas personas a las que hacían referencia, “habían actuado como particulares y, por lo tanto, no se requería asistencia judicial”.
La JEP señala que, adicionalmente, en las interceptaciones telefónicas de otro caso enviadas a esa justicia por la Fiscalía, no se reveló la conducta atribuida a Hernández Solarte en la solicitud de extradición.
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