Los ciudadanos cuyas cédulas terminan en 99 y 00 son los primeros que la deben hacer.
Guía práctica para hacer la declaración de renta
Al menos 2,6 millones de personas naturales estima la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) que declaren el Impuesto Sobre La Renta y Complementarios del año gravable 2017 entre el 9 de agosto y el 18 de octubre de 2018.
Los ciudadanos cuyas cédulas terminan en 99 y 00 son los primeros que la deben hacer, y el 19 de octubre finaliza el plazo para los últimos dígitos, 02 y 01.
Por eso le presentamos una guía de 10 pasos de cómo declarar, basándonos en las recomendaciones de la abogada tributarista Johana Prieto, y el contador público Jairo Alonso Valencia.
¿Quiénes deben hacer la declaración?
Aquellos ciudadanos que hayan tenido ingresos, consumos de tarjetas de crédito, compras y consignaciones en sus cuentas bancarias mayores a 44.603.000 pesos el año anterior y que tengan un patrimonio superior a 143.366.000 pesos.
¿Cuándo le corresponde declarar?
La fecha para declarar se asigna de acuerdo a los dos últimos dígitos de la cédula o del NIT, este año es de atrás hacia adelante iniciando en el 99 y el 00, y culminando en el 02 y el 01. Para aclarar las dudas sobre las fechas se puede consultar en la página de internet de la Dian.
¿Qué hacer para presentar la declaración?
En caso de que haya cambiado datos de ubicación y clasificación como dirección, teléfonos, correo electrónico y actividad económica, se debe actualizar el RUT, caso contrario no es necesario.
Clasifique el ingreso según el origen
Se debe determinar el tipo de ingreso obtenido, si proviene de rentas de trabajo, no laborales, de capital, de pensiones o de dividendos y participaciones. Desde este año, la declaración se hará por medio del sistema cedular debido a los cambios que trajo consigo la reforma tributaria de 2016.
Deducciones según el tipo de ingresos
Se limitaron a 40% del ingreso total, sin que se afecten los aportes obligatorios a salud y pensión. Al único tipo cedular que no se le aplican deducciones es al de renta de dividendos y participaciones.
¿Cuál es el formulario de renta?
Para las personas naturales, asimiladas residentes, o que posean sucesiones ilíquidas, como bienes y obligaciones de una persona natural fallecida que no han sido distribuidos entre sus herederos, son causantes residentes que deben presentar la declaración de renta a través del Formulario 210.
¿Cómo puede hacerlo por internet?
Si es un usuario registrado de los servicios en línea de la Dian puede diligenciar su formulario e incluso pagar en línea.
Si aún no está inscrito, puede habilitar su cuenta con el botón “Usuario nuevo”, diligenciar el formulario usando los servicios dispuestos en la página web de la Dian e imprimir dos ejemplares, que deben firmarse manualmente y presentarse en la entidad bancaria que disponga la administración tributaria.
Si le resulta saldo a pagar, con la misma declaración puede hacerlo, diligenciando la casilla de pago ubicada en la casilla 980.
Otra opción es utilizando el botón “Usuarios no registrados diligenciar formularios”.
Atento a lo que informe la Dian
La Dian aclaró que ninguna entidad bancaria recibirá formularios descargados de la página web y que sean diligenciados a mano por los contribuyentes.
Si no declara a tiempo, tenga en cuenta
Que la sanción mínima dada para 2018 por no cumplir con esta obligación es de 332 mil pesos, 10 Unidades de Valor Tributario de 33.156, son 331.560 pesos.
Ayuda extra
Aquellos contribuyentes que no están obligados a llevar contabilidad, pueden utilizar el programa “Ayuda Renta” de la página web de la Dian.
Esta herramienta facilita el diligenciamiento del formulario 210 para la declaración de renta y complementarios de personas naturales, además es totalmente gratuita.
Otra opción, aunque paga, es la aplicación Tributi, instrumento creado por los antioqueños Andrés Vélez y Simón González luego de conseguir una inversión de 2,3 millones de pesos de fondos de Silicon Valley. La aplicación automatiza la declaración de renta para contadores y contribuyentes.
“La declaración elaborada tiene un costo para las personas naturales que ronda entre 89 mil y 119 mil pesos, mientras que para los contadores el costo es de 29 mil pesos”, precisó Vélez.
Con respecto a los datos suministrados, Vélez indicó que la información facilitada queda encriptada en servidores de seguridad y se llega a un acuerdo en donde se específica que no se revelará la información aportada.
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