El demandante permaneció detenido durante 10 meses.
Niegan reparación a acosador señalado de violación en Cúcuta
El Consejo de Estado negó una demanda de reparación a un hombre quien fue injustamente acusado de acceso carnal violento contra una mujer; sin embargo, se le comprobó que abusaba de su posición en la empresa donde laboraba para exigir favores sexuales a las mujeres que aspiraban a ingresar a la compañía, cuya sede estaba ubicada en Cúcuta.
El demandante permaneció detenido durante 10 meses en la capital de Norte de Santander, antes de que un juez penal de esa ciudad lo declarara inocente del cargo imputado (acceso carnal violento), y es que el mismo punible no correspondía con la conducta por la cual fue denunciado, es decir, sí hubo un abuso sexual, pero dicha relación fue forzada aprovechando la necesidad de la víctima de conseguir un trabajo.
Luego de haber sido declarado inocente, el imputado decidió demandar a la Nación porque, según él, tenía derecho a reparación por el daño que habían sufrido él y sus hijos por haber sido privado de su libertad sin que la justicia lograra probarle el cargo imputado.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Norte de Santander negó las pretensiones, al concluir que el propio demandante dio lugar a que se abriera la investigación penal de la fue objeto, dado que admitió que siendo responsable de entrevistar a las mujeres que aspiraban a emplearse en la empresa para la cual él trabajaba, llegó a solicitarles favores sexuales a algunas de ellas.
El hombre apeló el fallo, pero la Sección Tercera del Consejo de Estado mantuvo la decisión del Tribunal, al sostener que si bien no está demostrado que haya forzado a nadie a tener relaciones con él, es evidente que ejerció un tipo de coerción sobre estas mujeres al proponerles encuentros íntimos, pues de por medio estaba la necesidad de las entrevistadas de obtener un empleo.
Para el Consejo de Estado, esta manera de actuar demuestra que fue el mismo demandante quien propició que la Fiscalía infiriera que era razonable pensar que sí había cometido el delito de acceso carnal violento por el que fue denunciado y permaneció preso durante 10 meses.
Frente a esta decisión el magistrado Guillermo Sánchez Luque presentó aclaración de voto.
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