José del Carmen Alsina fue enviado a prisión. El crimen ocurrió el pasado viernes.
No aceptó los cargos por asesinato de su esposa

Aunque José del Carmen Alsina Quintero se entregó ante las autoridades luego de asesinar a su esposa con un revólver, no aceptó los cargos por feminicidio y porte ilegal de armas. Sin embargo, un juez, con función de control de garantías, lo envió a prisión, mientras avanza el proceso en su contra.
Al parecer, la decisión de Alsina Quintero sería asesorada por su defensa en busca de alegar en juicio el cargo de feminicidio (que no le otorga ningún beneficio) y en cambio “ser procesado por homicidio agravado, le podría dar una rebaja considerable por haberse entregado y confesado (de hasta un 50 por ciento)”, explicó una fuente judicial.
Sin embargo, para la Fiscalía es claro que en este caso se cometió un feminicidio. Por eso, defenderá su tesis ante el juez de conocimiento que se encargue del proceso.
El hecho ocurrió el pasado viernes, a las 6:50 de la mañana, en una casa ubicada en la urbanización Villa Camila.
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La víctima fue la enfermera Gloria Álvarez Ramírez, de 38 años, quien recibió un disparo en la cabeza. Otro tiro salió por la ventana.
Por ahora, la Fiscalía cuenta con tres meses para presentar el escrito de acusación en contra del José del Carmen, quien trabajaba como reconocedor predial en el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac).
Lo hallado
El viernes, después de interrogar a José del Carmen y de inspeccionar la casa donde se presentó el crimen, los peritos forenses del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) no encontraron señales de pelea, todo estaba en orden y en el piso solo había unas pocas manchas de sangre.
Según se conoció, momentos previos a su entrega, Alsina llamó a una de sus hermanas para contarle que mató a su esposa y para despedirse porque, al parecer, pretendía suicidarse.
Sin embargo, la familiar, en medio de lágrimas, le suplicó que no acabara con su vida, para evitar un dolor más fuerte a sus parientes.
Lo dejaría
Según se conoció, en la mañana, Alsina sacó sus perros a pasear luego de iniciar una discusión con su esposa. Aproximadamente a las 6:30 de la mañana regresó, pero la pelea continuó y se alteraron los ánimos.
Presuntamente, Gloria y José del Carmen mantenían, de tiempo atrás, fuertes discusiones por temas pasionales.
Esta vez, la enfermera le insistió para que la dejara sola “porque no soportaba seguir viviendo con él, y que ahora se iría con otro hombre”, indicó uno de los investigadores del caso.
En ese momento, el agresor no dudó en sacar el revólver y dispararle.
A pesar de que la Policía trasladó a Álvarez a la clínica Medical Duarte, los médicos no pudieron hacer nada por su vida.
¿Qué es el feminicidio?
Se trata de la Ley 1761, conocida como Rosa Elvira Cely, en memoria de la mujer brutalmente violada y asesinada en pleno corazón de Bogotá, y que contempla una pena de 250 a 500 meses de prisión, dependiendo de la gravedad de los hechos (puede ser agravado el delito).
La rigurosidad de la Ley Rosa Elvira Cely contempla, además, la eliminación de beneficios como la celebración de preacuerdos con la Fiscalía, en busca de rebajas en la pena.
De acuerdo con esta Ley, incurrirán en feminicidio los hombres que causen la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género o en donde haya concurrido o antecedido cualquiera de las siguientes circunstancias:
1. Tener o haber tenido una relación familiar, íntima o de convivencia con la víctima, de amistad, de compañerismo o de trabajo y ser perpetrador de un ciclo de violencia física, sexual, sicológica o patrimonial que antecedió el crimen contra ella.
2. Ejercer sobre el cuerpo y la vida de la mujer actos de instrumentalización de género o sexual o acciones de opresión y dominio sobre sus decisiones vitales y su sexualidad.
3. Cometer el delito en aprovechamiento de las relaciones de poder ejercidas sobre la mujer, expresado en la jerarquización personal, económica, sexual, militar, política o sociocultural.
4. Cometer el delito para generar terror o humillación a quien se considere enemigo.
5. Que existan antecedentes o indicios de cualquier tipo de violencia o amenaza en el ámbito doméstico, familiar, laboral o escolar por parte del sujeto activo en contra de la víctima o de violencia de género cometida por el autor contra la víctima, independientemente de que el hecho haya sido denunciado o no.
6. Que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad de locomoción, cualquiera que sea el tiempo previo a la muerte.
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