La Corte confirma lo dicho en primera instancia por el Tribunal Superior, en el sentido de que el exministro no podía obtener beneficios.
El exministro Diego Palacio seguirá preso

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se abstuvo de iniciar un incidente de desacato contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, por negar el beneficio de libertad al exministro de Salud, Diego Palacio, solicitado por su defensa bajo el amparo de la JEP.
El magistrado Luis Guillermo Salazar Otero, quien estudio el caso, reveló que no ocurrió un desacato por parte de los magistrados, esto en el marco del proceso judicial que se adelantó en su contra por la participación en el escándalo de la ‘Yidispolítica’.
“De nuevo se estudió la solicitud de libertad transitoria, condicionada y anticipada consagrada en la Ley 1820 de 2016, analizando de manera contextualizada, como lo ordenó la sentencia de tutela, los hechos por los cuales fue declarado penalmente responsable el señor Diego Palacios Betancourt, encontrando que no cumple con los requisitos por el legislador para hacerse acreedor a los beneficios previstos en la ley, motivo por el que se confirmó la providencia apelada”, se lee en el documento.
De esta forma, la Corte confirma lo dicho en primera instancia por el Tribunal Superior, en el sentido de que el exministro no podía obtener beneficios, ya que se determinó que este sí tuvo responsabilidad en los hechos por los que fue condenado.
En el documento expuesto por el alto tribunal, también salió a relucir el nombre del expresidente Álvaro Uribe Vélez, pues según se conoció, el exministro cometió dichos actos delictivos bajo su mandato.
“Es cierto que en el mandato del doctor Álvaro Uribe se propugnó por la llamada propuesta de ‘Seguridad Democrática’, pero su objetivo no comprendía labores ajenas a dicho plan de acción como parte del conflicto armado, especialmente, las emprendidas por Diego Palacio, quien entre sus facultades no tenía la de repeler la acción de las Farc, pues se recuerda que la cartera que dirigía era la que en su época se denominaba Ministerio de Protección Social, que ninguna relación tenía con las situaciones bélicas que se presentaban entre dicha organización y las Fuerzas Armadas, por lo que Palacio actuó en manifiesta desviación a sus funciones”, se lee en el fallo emitido por el Tribunal Superior, cuando decidió negar la libertad del exministro como parte de su sometimiento a la JEP.
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