A los municipios que tienen sistemas de fotodetección en funcionamiento, el Estado les otorga un plazo de 180 días para adaptarse a la ley.
Se acabó el negocio
Sí, se les acabó el negocio a algunos contratistas privados a los que —en una aberración jurídica salida de los hornos siempre listos de la corrupción— se otorgó la facultad de imponer sanciones a los automovilistas.
En nuestro caso, la Ley 1843, acabó la fiesta en Los Patios, Villa del Rosario y Ocaña, y les aguó la que preparaban en Cúcuta, y de paso se cerró, por fortuna, una fuente de corrupción administrativa muy importante en los municipios: la de las fotomultas en beneficio de firmas particulares.
La norma reafirmó algo que se cae de su peso: el Estado es el único que tiene la autoridad de sancionar a quienes violan leyes y contravenciones, en facultad que es indelegable, aunque algunos exalcaldes de la región hayan pensado lo contrario.
Ahora, los particulares solo podrán participar en el recaudo de las multas, y solamente podrán recibir hasta el 10 por ciento de lo recaudado, no el 70 y el 80 por ciento que les habían regalado los alcaldes y, por supuesto, los concejos.
Era tal la situación aberrante, que las empresas privadas —a propósito, sus dueños, en el caso de Norte de Santander, ¿quiénes son?— actuaban como policías y como jueces y parte en los procesos sancionatorios, y además, los municipios les entregaban hasta 80 pesos de cada 100 recaudados.
A los municipios que tienen sistemas de fotodetección en funcionamiento, el Estado les otorga un plazo de 180 días para adaptarse a la ley y para validar sus aparatos con la Superintendencia de Puertos y Transporte, única autoridad para ese tipo de actuaciones.
Cuando las carreteras colombianas comenzaron a plagarse de sistemas de detección, se argumentó que se trataba de soluciones tecnológicas que permitirían a los municipios obtener ingresos adicionales por razón de las multas impuestas.
Pero luego se conocieron los detalles de los contratos, muchos de ellos con vigencia durante 20 y más años, en los que los dueños de los aparatos —en verdad, una cámara fotográfica que se dispara automáticamente—, recibían entre 60 y 80 por ciento de los dineros recaudados.
¿Cómo se llegó a ese tipo de contratos realmente leoninos en los que la fábula se hizo realidad y determinó que los empresarios privados prácticamente quedaban con la utilidad completa y los municipios sin nada o con las pérdidas?
Sin duda, por razón de la corrupción. No cabe otro razonamiento lógico para explicar esas aberraciones jurídicas y contractuales que explican, muy gráficamente, la famosa ley del embudo, en la que lo ancho es para los contratistas y sus amigos y asociados, y el resto, si algo sobra, para el Estado.
Pero se acabó el abuso al que tenían sometidos a los automovilistas. Quedan por reglamentar algunos asuntos relacionados con los equipos y su calibración, y con especificaciones técnicas de vías y límites de velocidad, que no serán como lo quieren los alcaldes, sino como determina la norma legal.
De resto, todo es de aplicación inmediata a partir de la promulgación de la ley. Y ya fue promulgada, para satisfacción de la ciudadanía y disgusto de todos los involucrados en esas concesiones aberrantes y corruptas.
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