Solicitaron que se tenga la información más completa a entes de control.
Corte pide investigar irregularidades en la contratación del PAE

La Corte Constitucional le solicitó a la Fiscalía, la Contraloría y la Procuraduría General de la Nación que investiguen las irregularidades que se han presentado en la contratación y ejecución de los Programas de Alimentación Escolar (PAE) en varias regiones del país.
La Corte les pidió a los organismos de control que dediquen sus esfuerzos "prioritariamente, a la vigilancia de contratos y convenios dedicados a la provisión de servicios de los programas de primera infancia del ICBF y del PAE en los municipios en los que habitan las comunidades accionantes, para evitar que los recursos que se han destinado para los mismos se desperdicien o desvíen a fines ajenos al cumplimiento del interés superior de los menores de edad de dichas comunidades y municipios (bien sean afro descendientes o no)".
Al fallar una tutela, la Corte les pidió que adopten mecanismos que les permitan dar curso prioritario a las investigaciones abiertas y en curso, y solicitó que, de ser necesario, "procedan a realizar un cruce de información entre dichos entes de control, para tener la información más completa posible que permita tomar todas las medidas del caso".
El pronunciamiento de la Corte se hizo a la hora de estudiar una tutela que presentaron los representantes de los Consejos Comunitarios Afro de Polonuevo de Repelón en el Cesar para que sean tenidos en cuenta, en consulta previa, por parte del ICBF para escoger los operadores de los programas de primera infancia que benefician a los niños de las comunidades.
La Sala indicó que cuando se trata de niños, la concertación o la consulta previa no puede ser usada como un mecanismo para burlar, morigerar o menguar los requisitos que la ley impone para la contratación” y que si “una comunidad o consejo comunitario desea presentarse como candidato a operador de los programas de primera infancia del ICBF, debe cumplir estrictamente los requisitos que las leyes de contratación y los pliegos de condiciones impongan para el proceso.
No obstante, indicó que sí debe haber ese proceso de concertación para los PAE con enfoque diferencial, pero insistió en que esto no puede significar en modo alguno la suspensión de la prestación de los servicios de alimentación a los menores de edad que habitan en el Departamento del Cesar.
"Teniendo en cuenta lo anterior, dada la necesidad de prestar de forma inmediata e ininterrumpida los PAE, en este caso, se observa un claro escenario en el que se permite limitar el derecho a la consulta previa, en aras de preservar el derecho fundamental e interés superior que les asiste a los menores de edad. Por lo cual, en lo que concierne a los contratos que se encuentran actualmente en ejecución por parte de las entidades accionadas, para el desarrollo de los PAE, la Corte no hará un llamado a que los mismos sean terminados, por no haber sido celebrada la consulta previa que garantizará el enfoque diferencial en la ejecución de los menús brindados a los menores de edad habitantes del Departamento del Cesar, y por el contrario advertirá que los mismos se continúen ejecutando en aras de garantizar la continuidad en la prestación de dichos servicios a favor de los menores de edad habitantes en dicho departamento", dice el fallo.
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