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Sábado, 25 Febrero 2017 - 8:18pm

Listo decreto de medidas de protección para algunos miembros de las Farc

A quienes adelanten labores del proceso, menores que salgan de las filas, entre otros.

Colprensa
En el decreto también se establece que las personas que estén en el programa se les dará un curso de autoprotección, atención psicosocial, medios de comunicación, esquema de protección, recursos para movilización como tiquetes aéreos nacionales o internacionales y apoyo de terrestre o fluvial si son necesarios para salvaguardar la vida de los miembros de las Farc.
/ Foto: Colprensa
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El presidente Juan Manuel Santos ya firmó el decreto 299 de 2017 que crea el programa de protección especializada de seguridad con el cual se determina la protección para los miembros de las Farc que lleguen al nuevo movimiento político tras dejar las armas, pero también para quienes adelanten labores del proceso de paz.

“La Unidad Nacional de Protección, el Ministerio del Interior y demás entidades, dentro del ámbito de sus competencias, incluirán como población objeto de protección, a las y los integrantes, del nuevo movimiento o partido político que surja del tránsito de las Farc-Ep a la actividad política legal, sus actividades y sedes, a las y los antiguos integrantes de las Farc-Ep que se reincorporen a la vida civil, así como a las familias de todos los anteriores de acuerdo con el nivel de riesgo”, dice.

Dentro de ese programa también se protegerá a los menores que salgan de las filas de las Farc y representantes e integrantes de las Farc en proceso de reincorporación a la vida civil que desarrollan las actividades que se estipulan en el acuerdo de paz. Y para quienes por motivos de salud tengan que salir de las zonas para recibir atención médica.

El decreto determina que los esquemas de seguridad y protección, “tendrán en cuenta el enfoque de género para su conformación, serán de conformación mixta, integrados por personal de confianza del nuevo partido o movimiento político que surja del tránsito de las Farc-Ep a la actividad legal”.

La Mesa Técnica de Seguridad y Protección

En este decreto también se crea la Mesa Técnica de Seguridad y Protección, que define si los integrantes de las Farc están en riesgo extraordinario y estará conformada por el delegado Presidencial en la Instancia de Alto Nivel del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política; el director de la Unidad Nacional de Protección; el subdirector de la Subdirección Especializada de Seguridad y Protección de la Unidad Nacional de Protección, quien ejercerá como Secretario de la Mesa Técnica; el director de Derechos Humanos del Ministerio del Interior; un delegado del presidente de la República; y cinco delegados de las Farc-Ep o del nuevo movimiento o partido político.

En total, son 15 funciones las que tiene la mesa técnica como la creación de la subdirección Especialidad de Seguridad y Protección de la UNP que se establece en los acuerdos, identifica lo que se necesita en recursos humanos, físicos y de presupuesto para la implementación del Plan Estratégico de Seguridad y Protección y  también decide, entre otras cosas, sobre los apoyos de reubicación temporal y atención psicosocial.

Otras medidas de protección: Recursos

En el decreto también se establece que las personas que estén en el programa se les dará un curso de autoprotección, atención psicosocial, medios de comunicación, esquema de protección, recursos para movilización como tiquetes aéreos nacionales o internacionales y apoyo de terrestre o fluvial si son necesarios para salvaguardar la vida de los miembros de las Farc.

Pero también, estipula la entrega de recursos si hay que reubicar a la persona en riesgo: "Asignación y entrega mensual al protegido de una suma de dinero que oscilará entre uno (1) Y tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes, según las particularidades del grupo familiar del caso, para facilitar su asentamiento en un lugar diferente a la zona de riesgo. Este apoyo se aprobará hasta por tres (3) meses y el monto se determinará tomando en consideración el número de personas del núcleo familiar con los que se reubica el protegido. De manera excepcional, se podrá otorgar este apoyo por tres (3) meses adicionales, siempre y cuando de manera sumaria se alleguen soportes idóneos, para determinar que la situación de riesgo persiste. Esta medida de protección es complementaria a las ayudas que buscan suplir el mínimo vital otorgadas por otras entidades del Estado".

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