La entrega de medicamentos dependerá exclusivamente de la autonomía médica.
Al acabarse el Plan Obligatorio de Salud así operará el sector
En cumplimiento de lo establecido por la Ley Estatutaria de Salud, la cual cumple dos años, el ministro de Salud, Alejandro Gaviria Uribe, recordó que dicha normatividad, sancionada el 16 de febrero de 2015, estableció que el Estado garantizará la prestación de servicios y tecnologías de manera completa y “sobre una concepción integral de la salud, que incluya su promoción, la prevención, la paliación, la atención de la enfermedad y rehabilitación de sus secuelas”.
Uno de los grandes avances de la nueva Ley Estatutaria de la Salud es la entrega de medicamentos, que ahora dependerá exclusivamente de la autonomía médica, pero que también tendrá controles.
“Estamos incluyendo el aplicativo ‘Mipres’ (Mi Prescripción), que le permite al médico prescribir un medicamento o un tratamiento, y en tiempo real el Fosyga le indica si se puede prescribir y no forma parte de las Exclusiones”, sostuvo Gaviria Uribe.
En este aspecto, lo que hará la norma es incluir en el nuevo Plan de Beneficios, antes medicamentos de Plan Obligatorio de Salud (POS), algunos medicamentos nuevos que en la actualidad no lo están.
“Para prescribir, el médico y la IPS tienen que estar registrados, y en tiempo real vemos que se está prescribiendo y vamos a verificar que el medicamento se está entregando efectivamente. Esto evita la corrupción y acaba con los carteles (como el desmantelado ‘cartel de la hemofilia’)”, explicó el ministro de Salud.
No obstante, el llamado del Gobierno y las propias EPS a los médicos es que no abusen de esta facultad constitucional para que se cumplan los objetivos de la norma: integralidad, oportunidad y calidad en la prestación del servicio de salud.
Un ejemplo. Según el Ministerio de Salud, en Colombia hay 28 mil pacientes crónicos y entre 200.000 y 300.000 pacientes con Hepatitis B.
El tratamiento para cada uno de ellos puede superar los $90 millones. “Si no existe autorregulación de los médicos, indudablemente el sistema se va a desfinanciar”, dice el ministro.
La parte buena es que con la autonomía médica ahora estará por encima, incluso, de las decisiones judiciales para darle cabal cumplimiento al derecho constitucional a la salud.
También fue elevado a rango constitucional el control de precios de medicamentos, pues el Ministerio de Salud elaborará “una lista amplia de medicamentos que deben ser regulados” y que deben tener como referencia el precio internacional.
Los cálculos más optimistas indican que la entrada en vigor de la nueva normatividad implicará gastos aún no presupuestados de unos dos billones de pesos para el sistema de salud colombiano.
Así las cosas, la nueva Ley Estatutaria de la Salud se supone que debe acabar con el ‘carrusel de la muerte’ y garantiza que todas las clínicas, hospitales, IPS y EPS tiene que prestar atención obligatoria a todo paciente sin ningún tipo de restricción, pues también elevó el rango de sanciones económicas por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.
El ex ministro de Salud y actual presidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral, que agrupa a todas las EPS del país, Jaime Arias Ramírez, afirmó que la Ley Estatutaria de la Salud “no pasa de ser retórica, hay que aterrizarla a la realidad”, pues considera que sin recursos es imposible darle aplicación efectiva.
“Aquí lo que tenemos es una puja entre una Corte Constitucional colegisladora y coadministradora, y un sistema de salud ya de por sí desfinanciado y que termina siendo insostenible”, dijo.
En su criterio, se debe encontrar “el punto de equilibrio entre la sostenibilidad financiera del sistema, que debe ser subsidiaria del derecho fundamental a la salud”.
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