Ese cubrimiento aplicará para aquellos que se acojan al proceso de desmovilización.
Reglamentan acceso de integrantes de las Farc a la salud

Desde el miércoles pasado y bajo el decreto 1937, el Ministerio de Salud, reglamentó las condiciones bajo las cuales los guerrilleros de las Farc que están en proceso de desmovilización, incluidos sus jefes, podrán tener acceso al derecho del cubrimiento de la atención en salud.
La norma, firmada por el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, indica ese cubrimiento aplicará durante la permanencia de todos aquellos miembros de las Farc que se acojan al proceso de desmovilización en los denominados “puntos transitorios de normalización”, como también para los jefes guerrilleros que estuvieron en la negociación, y que en adelante estarán como miembros de los mecanismos de monitoreo y verificación.
Se precisa en el decreto que el beneficio de salud sólo se otorgará aquellas personas que hacen parte del listado que entregó las Farc a la Oficina del Alto Comisionado de Paz.
“La afiliación al sistema general de seguridad social en salud para los miembros de las Farc-EP se realizará al régimen subsidiado mientras subsistan las condiciones que así lo permitan y siempre y cuando no reúnan las condiciones para pertenecer al régimen contributivo”, dice el decreto en uno de sus apartes.
El Ministerio de Salud igualmente precisó que los guerrilleros accederán a alguna empresa promotora de salud, EPS, que garanticen prestar el servicio en las diferentes zonas de ubicación en donde se encontrará la mayoría de los militantes de las Farc. Se aclara que previo a la afiliación, todos los beneficiados deberán tener sus documentos de identidad.
En la normatividad también se dispone cómo será el tratamiento que tendrán los menores de edad que hacían parte de las filas de la guerrilla. “En el caso de los niños, niñas y adolescentes desvinculados de las Farc la responsabilidad de elaborar y entregar el listado censal será el Instituto Colombiano de Bienestrar Familiar o de la dependencia que se defina. Cuando el niño, niña o adolescente se encuentre inscrito en una EPS, el ICBF podrá trasladarlo del régimen subsidiado del municipio en donde se vaya adelantar el proceso de restlablecimiento de sus derechos”, se indica.
Finalmente, se precisa que será a través de la red nacional de urgencia que es operada por el Fosyga o con otras fuentes que defina el gobierno, se financiará el pago de este beneficio en salud a los guerrilleros de las Farc.
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