La Opinión contrastó los planteamientos de la oposición con las 297 páginas del acuerdo.
Lo que va del Acuerdo a las propuestas del uribismo
El domingo, el senador Álvaro Uribe presentó el primer listado de propuestas que, considera, deben ser tenidas en cuenta y ajustadas en el acuerdo de paz alcanzado con las Farc.
Sin embargo, desde distintos sectores se advirtió que muchas de estas sugerencias ya están contempladas en los textos firmados el 26 de septiembre y por lo tanto más que una renegociación, lo que habría sería que llegar a un consenso sobre ciertos aspectos en particular.
La Opinión tomó algunos de los planteamientos del uribismo y los contrastó con las 297 páginas del acuerdo y esto fue lo que encontró.
Cárcel para autores de delitos de lesa humanidad
- Propuesta del uribismo
“La impunidad total a los mayores responsables de delitos atroces, se convierte en mal ejemplo, creador de nuevas violencias, además de generar incertidumbre jurídica futura. Insistimos en la reclusión efectiva, pena privativa de la libertad, entre 5 y 8 años, no obstante que sea en sitios alternativos como granjas agrícolas”.
- Lo que plantea el acuerdo
“Las sanciones propias de la Jurisdicción Especial Para la Paz (JEP), que se impondrán a quienes reconozcan verdad y responsabilidad ante la Sala de Reconocimiento, respecto a determinadas infracciones muy graves, tendrán un mínimo de duración de cumplimiento de las funciones reparadoras y restauradoras de la sanción de cinco años y un máximo de ocho años. Comprenderán restricciones efectivas de libertades y derechos, tales como la libertad de residencia y movimiento, que sean necesarias para su ejecución, y además deberán garantizar la no repetición”. Punto 5 del Acuerdo.
Las sanciones aplicables para este tipo de casos se podrán cumplir en tres escenarios:
En zonas rurales y urbanas a través de programas como, reparación de escuelas, carreteras, centros de salud, viviendas, centros comunitarios; programas de sustitución de cultivos ilícitos, de recuperación ambiental de las áreas afectadas por cultivos ilícitos, construcción y mejora de vías; y en programas de limpieza y erradicación de restos explosivos de guerra, municiones sin explotar y minas antipersonal.
“Las sanciones impuestas por el Tribunal pre-establecerán los lugares donde residirán las personas que ejecutarán los proyectos. Los lugares donde residirán tendrán condiciones apropiadas de habitabilidad y dignidad”.
“Las sanciones ordinarias que se impondrán cuando no exista reconocimiento de verdad y responsabilidad, cumplirán las funciones previstas en las normas penales. (…) En todo caso, la privación efectiva de libertad no será inferior a 15 años ni superior a 20 en el caso de conductas muy graves”.
Narcotráfico como delito conexo al político
- Propuesta del uribismo
“El narcotráfico, en las circunstancias de Colombia, no debe ser calificado como delito político”.
- Lo que plantea el acuerdo
Aunque no existe un aparte del acuerdo que ubique literalmente el delito de narcotráfico como conexo del político, por la interpretación de lo planteado se infiere que este es uno de los tantos que podrían ser objeto de amnistía.
Al respecto, en el punto 5 del acuerdo esto es lo que se plantea:
“La conexidad con el delito político comprenderá dos criterios, uno de tipo incluyente y otro de tipo restrictivo. El primer criterio consistirá en incluir como conexos: 1º.- aquellos delitos relacionados específicamente con el desarrollo de la rebelión cometidos con ocasión del conflicto armado, como es, por ejemplo, la aprehensión de combatientes efectuada en operaciones militares; 2º.- los delitos en los cuales el sujeto pasivo de la conducta es el Estado y su régimen constitucional vigente; y 3º.- las conductas dirigidas a facilitar, apoyar, financiar u ocultar el desarrollo de la rebelión, para lo cual deberán definirse cada uno de los contenidos de las anteriores conductas”.
“La Constitución permite otorgar amnistías o indultos por el delito de rebelión y otros delitos políticos y conexos”.
Justicia transicional
- Propuesta del uribismo
“Hicimos múltiples observaciones al Tribunal Transicional, que entre sus facultades exorbitantes tiene aquella de definir qué conductas son delitos. Estamos de acuerdo con el fiscal General de aplicar la Ley de Justicia, Paz y Reparación. O proponemos crear en la Corte Suprema la Sala Transicional y la doble instancia, retroactiva por cierto”.
- Lo que plantea el acuerdo
La Ley de Justicia y Paz que nació en 2005 con el fin de “facilitar los procesos de paz y la reincorporación individual o colectiva a la vida civil de miembros de grupos armados al margen de la ley, garantizando los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación”, ha tenido innumerables críticas por la poca efectividad que ha alcanzado hasta el momento. En los primeros 10 años, los exparamilitares confesaron más de 50.000 crímenes, pero solo ha habido 33 sentencias, que apenas incluyen el 6% de todos los hechos confesados y menos del 4% de condenados, según reseñó Verdad Abierta.
Entre tanto, en el acuerdo de paz que alcanzaron el Gobierno y las Farc, se estableció la creación de una Jurisdicción Especial para la Paz que ejercerá funciones judiciales y hará parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición.
“Se aplicará a todos quienes hayan participado de manera directa o indirecta en el conflicto armado y hayan cometido delitos en el contexto y en razón de este. Es decir, los miembros de grupos guerrilleros que suscriban un acuerdo final de paz con el Gobierno, una vez hayan dejado las armas; los agentes del Estado que hayan cometido delitos en el contexto y en razón del conflicto; y las personas que sin formar parte de las organizaciones o grupos armados hayan participado de manera indirecta (financiadores o colaboradores) en el conflicto armado y hayan tenido responsabilidad en la comisión de los crímenes más graves y representativos.
La JEP contempla la siguiente estructura: Sala de Reconocimiento, Sala de Amnistía e Indulto, Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Unidad de Investigación y Acusación, el Tribunal para la Paz y la Secretaría Ejecutiva. Punto 5 del Acuerdo.
Ley de Amnistía para guerrilleros rasos
- Lo que propone el uribismo
“La ley podría conceder una amnistía, sin desmovilización total inmediata, a guerrilleros rasos, no incursos en delitos de lesa humanidad”.
- Lo que plantea el acuerdo
Ley de Amnistía, Indulto y Tratamientos Penales Especiales (Anexos. Artículo 2. Ámbito de Aplicación):
“La presente ley aplicará de forma diferenciada e inescindible a todos quienes, habiendo participado de manera directa o indirecta en el conflicto armado, hayan sido condenados, procesados o señalados de cometer conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado cometidas con anterioridad a la entrada en vigor del Acuerdo Final. También cobijará conductas amnistiables estrechamente vinculadas al proceso de dejación de armas. (…) En cuanto a los miembros de un grupo armado en rebelión solo se aplicará a los integrantes del grupo que haya firmado un acuerdo de paz con el Gobierno”.
Reconocimiento económico a los guerrilleros
- Propuesta del uribismo
“Para garantizar sus ingresos (los guerrilleros rasos no incursos en delitos de lesa humanidad) se podría contratar con ellos que empiecen la destrucción remunerada de la droga”.
- Lo que plantea el acuerdo
“Cada uno de los hombres y mujeres hoy pertenecientes a las Farc-Ep, al momento de la terminación de las Zonas Veredales Transitorias de Normalización, recibirá una asignación única de normalización equivalente a 2 millones de pesos. (…) A partir de la terminación de las Zonas Veredales y durante 24 meses, recibirán una renta básica mensual equivalente a 90% del salario mínimo mensual vigente, siempre y cuando no tengan un vínculo contractual que les genere ingresos”.
“Con posterioridad a este término, se otorgará una asignación mensual de acuerdo con la normatividad que se expida para ese efecto y no menor a la que haya estado vigente siempre y cuando el beneficiario acredite que ha continuado su ruta educativa en función de los propósitos de reincorporación”. Punto 3 del Acuerdo.
Alivios para militares y policías
- Propuesta del uribismo
“Es urgente el trámite en el Congreso de una norma de alivio judicial para nuestros soldados y policías. El Centro Democrático ha presentado varios proyectos, alivio sin impunidad y sin igualarlos a las Farc”.
- Lo que plantea el acuerdo
“El componente de Justicia también se aplicará respecto de los agentes del Estado que hubieren cometido delitos relacionados con el conflicto armado y con ocasión de este. Aplicación que se hará de forma diferenciada, otorgando un tratamiento equitativo, equilibrado, simultáneo y simétrico. En dicho tratamiento deberá tenerse en cuenta la calidad de garante de derechos por parte del Estado, así como la presunción de que el Estado ejerce de manera legítima el monopolio de las armas”. Punto 5 del Acuerdo.
Erradicación de cultivos ilícitos
- Propuesta del uribismo
“Se debe privilegiar la erradicación manual de drogas ilícitas, sin que el Gobierno pierda la facultad de fumigar cuando lo estime conveniente, siempre con el cuidado de no hacer daño al ser humano, a los animales ni a otros recursos naturales”.
- Lo que plantea el acuerdo
“A partir de la decisión y compromiso de los cultivadores de abandonar los cultivos de uso ilícito, la sustitución voluntaria es un principio fundamental del Programa (Nacional Integral de Sustitución), para generar confianza entre las comunidades y crear condiciones que permitan contribuir a la solución del problema, sin detrimento de la sostenibilidad económica, social y ambiental de las comunidades y de los respectivos territorios”.
“En los casos en los que no haya acuerdo con las comunidades, el Gobierno procederá a la erradicación de los cultivos ilícitos, priorizando la erradicación manual donde sea posible, teniendo en cuenta el respeto por los derechos humanos, el medio ambiente y el buen vivir”. Punto 4 del Acuerdo.
Distribución de tierras
- Propuesta del uribismo
“Los acuerdos no deben afectar propietarios o poseedores honestos, cuya buena fe debe dar presunción, no desvirtuable, de ausencia de culpa. El apoyo al campesino no implica desconocer la necesidad de la empresa agropecuaria transparente”.
- Lo que plantea el acuerdo
“Con el propósito de lograr la democratización del acceso a la tierra, en beneficio de los campesinos y de manera especial las campesinas sin tierra o con tierra insuficiente y de las comunidades rurales más afectadas por la miseria, el abandono y el conflicto, regularizando los derechos de propiedad y en consecuencia desconcentrando y promoviendo una distribución equitativa de la tierra, el Gobierno Nacional creará un Fondo de Tierras de distribución gratuita que tiene un carácter permanente y dispondrá de 3 millones de hectáreas durante sus primeros 10 años de creación. Estas provendrán de las siguientes fuentes: extinción de dominio, tierras recuperadas a favor de la Nación, terrenos inexplotados, tierras provenientes de la actualización, delimitación y fortalecimiento de la Reserva Forestal, expropiaciones y donaciones”. Punto 1 del Acuerdo.
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