Claudia Patricia Rivera Sierra le ordenó a su novio que matara a Erwin Eduardo Parra Ruiz.
Tribunal confirma 33 años de prisión a una mujer por ordenar un homicidio

“Estalle a ese hp” y “remátelo”, fueron las palabras que finalmente escucharon todos los testigos y que terminaron por convencer al Tribunal Superior de Cúcuta de la responsabilidad de Claudia Patricia Rivera Sierra en el crimen de Erwin Eduardo Parra Ruiz, confirmando la sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado Quinto Penal a 33 años de prisión.
“Para la sala penal de Tribunal los testimonios allegados al juicio oral son contundentes y sobre los mismos no es dable plantear una hipótesis del in dubio pro reo (si existen dudas del acusado, tras valorar las pruebas, debe ser considerado inocente) lo que surgió fue la certeza en su contra”, señaló el magistrado ponente.
Esta decisión, llegó a manos del Tribunal tras ser apelado el primer fallo, conocido el pasado 12 de marzo, tanto por la defensa como por el delegado del Ministerio Público. El abogado de la mujer argumentó ante los magistrados “ausencia de pruebas para condenar”.
Sin embargo, para la sala penal cobraron total relevancia los testimonios coincidentes de los testigos que señalaron a la mujer como la determinadora en el asesinato que perpetró Luis Jesús Vergel Rodríguez, novio de ella, condenado a 19 años de prisión por estos hechos, tras reconocer el crimen.
El caso ocurrió el 23 de marzo de 2017 dentro de un estanco, ubicado en la calle 11A con avenida 11F del barrio Torcoroma de la ciudadela La Libertad, donde la víctima junto con un amigo compartían un rato de diversión, la noche que se disputaban los partidos de la eliminatoria al mundial de fútbol.
“Los testimonios no son exactos como lo argumenta la defensa (en tanto a los metros de distancia de unos y otros o el nombre de establecimiento donde ocurrieron los hechos). Pero, respecto a las órdenes de la mujer de matarlo y rematarlo sí lo hicieron. Se corrobora la orden y la efectividad que de la misma logró conseguir”, agregó el magistrado.
Esa noche
Aquella noche, Claudia Patricia y su novio, de 21 años, conocido como el Menor, estaban en el mismo estanco cuando Andrés Camilo Báez (amigo de Erwin), tuvo una discusión con Claudia Patricia, por temas personales.
Según la sentencia, en la escena hubo otra persona, quien maniató a Camilo para que la mujer le pegara. En ese instante, entró Erwin Eduardo a defender a su amigo, por tratarse de tres personas agrediéndolo.
“El Menor se fue, pero al rato regresó con un bolso terciado desatándose nuevamente un fuerte cruce de palabras. Entonces, la mujer le dijo a su novio que ‘estallara’ a ese hp. Fue entonces, cuando sacó el revólver y le disparó cuatro veces a Erwin, rematándolo en el piso”, señaló la fiscal asignada al caso.
El caso ocurrió dentro de este estanco, ubicado en la calle 11A con avenida 11F del barrio Torcoroma. En la foto: Erwin Eduardo Parra Ruiz.
Cometido el homicidio, amigos y personas que estaban en el sector intentaron auxiliar a Erwin Eduardo, estudiante de Administración Financiera e Industrial, pero aunque lo llevaron a un centro asistencial ya había muerto. Según el dictamen de Medicina Legal, fue impactado en los dos pulmones y el corazón.
El homicida y su novia huyeron del sector hacia el barrio San Martín, pero fueron localizados gracias a la colaboración de la comunidad y una rápida intervención de la Policía. Al parecer, estaban en otro establecimiento como si nada hubiera pasado.
Los testigos
El Juzgado Quinto Penal del Circuito, con funciones de conocimiento, tuvo como principales testigos, por parte de la Fiscalía, a los administradores del negocio y a Andrés Camilo Báez, quienes estuvieron presentes antes durante y después de lo acontecido.
Según lo expresado por el togado, el caso fue resuelto suficientemente con las versiones de estos tres testigos, pues en forma sólida, coherente y sin vacilación relataron que Claudia Patricia fue la persona que emitió la orden a Luis Jesús Vergel Rodríguez de asesinar a Erwin Parra Ruiz. “No hay ninguna duda de su participación en calidad de determinadora”.
Posterior al crimen, los dueños del establecimiento fueron amenazados por mensajes de texto para que “no declararan y estuvieran callados”, los cuales fueron exhibidos ante el estrado.
Vergel Rodríguez fue uno de los testigos presentados por la defensa de la mujer, pero sus testimonios antes que favorecerla resultaron contradictorios con las versiones dadas por ella.
Hasta que le dieron la orden
La sala penal del Tribunal añadió que Luis Jesús Vergel Rodríguez disparó solamente hasta que le dieron la orden. Por ello, confirmó la sentencia de la mujer como determinadora por los delitos de homicidio agravado y porte ilegal de armas.
“Este hombre (Vergel Rodríguez) solo disparó hasta que le dieron la orden o de lo contrario lo hubiera hecho apenas llegó al establecimiento. Fue ella la que generó esa intención e hizo una petición de rematarlo”, concluyó el magistrado.
A la defensa de la mujer aún le resta un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia. De ser considerado, su abogado tiene un plazo de cinco días para presentarlo o de lo contrario esta sentencia quedará en firme.
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