Sala Penal consideró cinco “hechos indicadores”, más que pruebas técnicas, científicas o directas en contra de Julio Vélez.
Posición del arma demuestra que fue un homicidio: Tribunal de Cúcuta
“Si bien es cierto que no existen pruebas directas de que Julio Vélez le haya causado la muerte a María Claudia (…) se deduce, sin duda alguna y con razonable certeza, su responsabilidad penal, pues los indicios en su conjunto nos llevan a inferir que fue él quien disparó en contra de su esposa”.
Siete años y seis meses después de ocurridos los hechos, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta confirmó la condena que en primera instancia profirió el Juzgado Segundo Penal y que sentenció al exconcejal de Cúcuta Julio Vélez González a la pena de 37 años de prisión, como responsable de la muerte de su esposa María Claudia Castaño Avendaño.
La Sala Penal consideró en su decisión cinco “hechos indicadores”, más que pruebas técnicas, científicas o directas en contra de Vélez González, que lo comprometen en la muerte de su compañera, con quien se casó el 12 de diciembre de 2009.
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Es decir, aunque en el arma de fuego no hallaron huellas o rastros de pólvora en las manos del exconcejal, así como tampoco existe un video o un testigo presencial de los hechos, los testimonios de los familiares de María Claudia (sobre el antes y después de ocurrida su muerte) fueron de mayor relevancia para esta segunda instancia judicial.
Adicional a ello, no resultaron convincentes los relatos de tres familiares de Julio Vélez, quienes posteriormente arribaron a la escena y coincidieron en afirmar que María Claudia quedó tendida en el suelo, con el arma entre las piernas. Lo cual, para el Tribunal es físicamente “imposible” por la fuerza de retroceso que habría expulsado el revólver, calibre 38, en sentido contrario al cuerpo.
“Se contó con testimonios anteriores y posteriores a los hechos y son prueba directa de lo que percibieron (…) Es decir, en el caso bajo estudio de los elementos materiales probatorios y evidencia debatida en el juicio, surgen indicios o hechos probados de los cuales la Sala Penal considera como aceptados deducir la responsabilidad penal del condenado”, señaló el Tribunal.
Los cinco indicadores
Los siguientes fueron los cinco “hechos indicadores” que para la Sala Penal apuntan a la responsabilidad de Julio Vélez en el asesinato de su pareja, a pesar de los insistentes alegatos de la defensa de no existir una prueba directa que implicara al exconcejal en el homicidio.
Primero: Los testimonios del padre, hermana y prima de María Claudia evidenciaron episodios de discordancia, peleas y maltratos entre la pareja y una personalidad posesiva de Julio Vélez. Ello, demostró que no vivían una situación de tranquilidad.
También se contradijo la supuesta personalidad serena del exconcejal, quien adquirió un arma de fuego para su protección debido a su trabajo, como supuestamente lo habían hecho varios funcionarios, “lo cual no fue demostrado en el juicio”.
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Segundo: El hecho de que María Claudia y el exconcejal estaban solos en el cuarto nivel de su casa, por lo cual, se dedujo que ninguna otra persona aparte de él pudo efectuar el disparo.
Aclarando que una tía y una empleada doméstica, quienes estaban en el segundo nivel, subieron después de sucedidos los hechos.
Tercero: La tía, la empleada doméstica, además de otro familiar de Vélez, dijeron haber visto a María Claudia con el revólver entre sus piernas, lo cual es físicamente “imposible” por la fuerza de retroceso del arma y no como se ubicó.
Son hechos que indican que “Julio Vélez manipuló el arma de fuego con la que se produjo la muerte de su esposa para hacer creer infructuosamente que ella la tenía en sus manos y se disparó”.
Cuarto: Posterior a los hechos, Julio Vélez se cambió la camisa, a cuadros y manga corta (impregnada de sangre), en la clínica Santa Ana. Luego, ya en su residencia y cinco horas después, pidió que le practicaran la prueba de residuos de disparo en sus manos y aseguró que no se las había lavado. La misma prueba fue practicada en las manos de María Claudia y también arrojó resultados negativos.
“Se puede concluir que no fue una situación casual, sino dirigida a ocultar cualquier evidencia que lo pudiera comprometer con la muerte de su compañera”.
Quinto: Luego de conocerse la muerte de su esposa, el excabildante le expresó al padre de la víctima que lo perdonara. “Lo que indica un sentimiento de culpabilidad (…) una actitud sospechosa e indicio de responsabilidad”.
Sumado a ello, abandonó la ciudad sin tener información de su paradero “a efecto de que el proceso se siguiera en su ausencia, lo que demuestra un comportamiento dirigido a evadir las consecuencias de su responsabilidad”.
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Último recurso
La defensa de Julio Vélez tiene cinco días para presentar un último recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia, mientras tanto se mantendrá la presunción de su inocencia.
La primera decisión
El pasado mes de abril, la jueza Yamile Vergel Ortiz, emitió el primer sentido de fallo condenatorio luego de presentados los alegatos finales y hecho un análisis al material probatorio.
En este caso, la togada tuvo cuenta la versión de un perito, presentado por la misma defensa de Vélez González, que concluyó que el disparo que recibió María Claudia fue hecho a más de 20 centímetros de distancia de su cráneo, lo cual resultaba imposible en caso de un suicidio.
No habrá compulsa de copias
En la apelación ante el Tribunal Superior de Cúcuta la defensa del exconcejal solicitó que se compulsaran copias contra el exdirector de Medicina Legal y perito Máximo Alberto Duque por falso testimonio y fraude procesal.
Duque concluyó que María Claudia (diestra) recibió el disparo por el lado izquierdo del cráneo con salida en el derecho, evidenciando un homicidio, pero contrario a lo afirmado por Humberto Lizcano, médico forense de Medicina Legal, quien practicó la necropsia.
Dicha solicitud fue negada por el Tribunal.
Situación en Venezuela
El 16 de abril de 2010, la pareja se encontraba en la que era su casa en el barrio Quinta Oriental cuando se escuchó el disparo, luego se prendieron las alarmas y la mujer fue llevada a la Clínica Santa Ana para intentar infructuosamente de salvarle la vida.
Desde ese momento, Vélez González ha insistido en que fue un suicidio. Sin embargo, la Fiscalía lo acusó por homicidio agravado.
Tanto la Fiscalía como la Procuraduría y el representante de las víctimas habían pedido, ante el Juzgado Segundo Penal, que el exconcejal Julio Vélez González fuera condenado como responsable por la muerte de su esposa. Además, de su extradición para que cumpla la pena en Colombia.
Julio Vélez se encuentra prófugo de la justicia colombiana y está detenido en una cárcel de Venezuela como presunto responsable de los delitos de porte ilegal de armas y falsedad en documento.
Aunque inicialmente fue señalado por el presidente Nicolás Maduro como autor intelectual del asesinato del diputado chavista Robert Serra, al exconcejal cucuteño no le han imputado el delito de homicidio. El caso está en etapa preparatoria al juicio.
“Desaprovechó la oportunidad de su vida”
“Primero que todo damos gracias a Dios porque hoy ratifican la condena. Desde el primer momento supimos que nuestra hija no se suicidó y su esposo Julio Vélez la había asesinado. Tuvieron que pasar 7 años de este doloroso proceso para que la justicia en pleno lo declarara culpable, en primera y segunda instancia. No hay lugar a dudas que fue él y que también manipuló la escena, junto con su familia y autoridades policiales, para ocultar la verdad”, señaló Patricia Avendaño y Héctor Castaño, padres de María Claudia.
En medio de sentimientos encontrados, recibieron conformes el fallo, aunque no pudieron contener las lágrimas al recordar a su hija, de quien siempre estuvieron seguros de que no tenía una conducta suicida, no sabía manejar armas y nunca dejó a su esposo por el amor que ella le profesaba.
“Julio Vélez ya está pagando por las consecuencias de sus actos, él está preso en Venezuela por otros delitos que cometió. Su conciencia no lo puede dejar tranquilo sabiendo que aquí mató a una mujer, desaprovechando la oportunidad de su vida, de tener a alguien al lado que lo amaba. Había podido construir una familia, un hogar muy lindo, pero no supo valorar a mi hija”, agregó la madre de María Claudia.
Por su parte, Castaño siempre insistió en la preocupación que le generaba la unión marital de su hija con Vélez. Ante la Fiscalía declaró, durante el proceso, que Julio maltrataba a María Claudia.
“Perdonamos a estos magistrados”
Al término de la audiencia, Julio Vélez Trillos, padre del exconcejal, alegó que a pesar de no existir una prueba plena o directa, todos los indicios fundados especialmente sobre testimonios de la familia de María Claudia conllevaron a que el Tribunal ratificara la sentencia de primera instancia.
“Yo creo que hay un error grueso e incalculable. Se está acabando con una familia y contra un hombre que no tiene el más mínimo antecedente en su vida. Lo condenaron por indicios fundados en las declaraciones de los mismos familiares de la occisa. En otra instancia vamos a seguir luchando para que brille la verdad sobre este montaje. Aún nos quedan los recursos de revisión y casación en Bogotá, donde no vamos a tener la presión del manejo que le dan a las cosas desde el Tribunal en Cúcuta. Perdonamos a estos magistrados que con solo indicios condenaron a mi hijo”.
A su vez, Vélez Trillos criticó el último cambio de juez que tuvo el proceso al considerar que la jueza Yamile Vergel fue postulada y nombrada por el mismo Tribunal que ahora respaldó su decisión de primera instancia.
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