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Martes, 27 Febrero 2018 - 4:00pm

Más de 20 años de prisión a exmagistrados de Cúcuta por desfalco a Ecopetrol

La Sala Penal les impuso multas de 32.000 salarios mínimos mensuales vigentes y de 33.000 salarios.

Colprensa
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 21 años y 9 meses y 24 días de prisión al exmagistrado de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cúcuta Fernando Castañeda Cantillo, y una de 22 años y 8 meses y 2 días a Félix María Galvis por desfalcar a Ecopetrol
/ Foto: Colprensa
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 21 años y 9 meses y 24 días de prisión al exmagistrado de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cúcuta Fernando Castañeda Cantillo, y una de 22 años y 8 meses y 2 días a Félix María Galvis por desfalcar a Ecopetrol.

La Sala Penal le impuso al primero una multa de 32.000 salarios mínimos mensuales vigentes y, al segundo, una multa de 33.000 salarios.

La Sala se abstuvo de resolver la petición de detención domiciliaria y ordenó hacer a Medicina Legal un nuevo dictamen sobre la enfermedades de Castañeda Cantillo, para que el juez de control de garantías defina si le es revocada la casa por cárcel.

Esto, luego que los juristas aceptaron cargos por participar en un carrusel de fallos de tutela en detrimento de Ecopetrol por más de 109.472 millones de pesos, entre los años 2010 y 2011;  favoreciendo a más de 500 personas.

Los exmagistrados aceptaron cargos por 20 casos de prevaricato por acción, igual número de peculados por apropiación a favor de terceros agravado y concierto para delinquir.

En la investigación de la Fiscalía, se señaló que el entonces magistrado Galvis y su compañero Fernando Castañeda Cantillo concedieron dichos dineros a través de sentencias falladas de forma contraria a la ley. Además, resaltó que las tutelas luego fueron revocadas por la Corte Constitucional por ser abiertamente contrarias a la ley.

La Sala Penal señaló que se trató de un entramado de corrupción en el que estuvieron involucrados abogados que presentaron las tutelas exclusivamente en Cúcuta, a pesar que los casos no correspondían todos a esa territorialidad, que actuó con dolo, quebrando la confianza de la ciudadanía en la administración de justicia.

"El acuerdo de voluntades con fines ilegales se extendió en el tiempo por casi dos años, lo que evidencia que la asociación tiene vocación de permanencia en el tiempo (...). La comunidad delictiva tenía como fin cometer conductas punibles determinadas para favorecer con fallos ilegales a empelados y extrabajadores de Ecopetrol", señaló.

La Corte además señaló que se trata de servidores públicos, que actuaron abiertamente contrario a la Ley, que favorecieron a personas que no estaban en debilidad manifiesta y que no cumplían con los requisitos legales para ello o que, en algunos casos, se ordenaron reintegrar a Ecopetrol de personas que llevaban más de nueve años fuera de la entidad.

"Los procesados para darle apariencia de legalidad a sus decisiones citaban de forma descontextualizada fragmentos de sentencias de la Corte Constitucional que eran inaplicables a cada caso concreto. Los acusados actuaron con la clara conciencia de actuar contrario a la Ley", señaló la magistrada.

Además, resaltó que ambos exmagistrados tenían más de diez años de experiencia.

En este caso, la Fiscalía aseguró que los exmagistrados lesionaron la administración de justicia con su actuación y por el daño social que se generó: “El temor a ser víctima de carteles y jueces y magistrados resulta incalculable y de suma gravedad para el colectivo (…) pues cuando un juez abusa del único patrimonio común de los jueces, que es la probidad, se ataca y afecta la justicia toda”, dijo en su momento la fiscal Elda Patricia Correa.

Galvis Ramírez (detenido) no asistió a la diligencia y Castañeda Cantillo (detención domiciliaria) lo hizo por videoconferencia desde Santa Marta.

En audiencia de lectura de la sentencia anticipada, la Corte Suprema recordó, con votación 7 a 2, que todavía tiene competencia para estudiar los procesos en curso porque el Acto Legislativo que creó la doble instancia al interior de la Corporación no contempló ninguna norma de transición y esta todavía no ha sido implementada. Además, aseguró que esta sentencia no podrá impugnarse.

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