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Domingo, 26 Julio 2015 - 1:29am

Detención preventiva tendrá plazo

A partir del otro año, nueva ley permitirá que no se presenten casos de sindicados que han esperado condena durante más de 6 años.

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La ley obligará a jueces y fiscales a emplear otras medidas privativas de la libertad previstas en el Código de Procedimiento Penal.
/ Foto: Archivo
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El pasado mes de junio fue aprobada en el Congreso de la República una nueva ley que fijará, a partir de 2016, un plazo máximo para la medida de aseguramiento privativa de la libertad, en respuesta a la exigencia de la Corte Constitucional en el sentido de racionalizar la figura de la detención preventiva.

Según Yesid Reyes Alvarado, ministro de Justicia, con esta racionalización se dejarían de presentar casos en los cuales una persona ha esperado condena durante más de seis años, sin que se le haya resuelto su situación jurídica, hecho que a su vez evitará buena parte de demandas contra el Estado por detenciones injustas o arbitrarias, motivo por el cual existen más de 18.000 procesos con pretensiones que se acercan a los 23 billones de pesos. Sumado a que ayudará a descongestionar las cárceles del país.

Esto obligará a jueces y fiscales a emplear otras medidas privativas de la libertad previstas en el Código de Procedimiento Penal como: mecanismos de vigilancia electrónica, presentación periódica ante un juez, prohibición de salir del país, prestación de una caución, observación de buena conducta, entre otras.

Para el mes de octubre del 2014 fue presentado este proyecto ante el Congreso de la República, en respuesta al uso excesivo de esta medida que ha generado que más de 43.000 colombianos estén hoy en una cárcel esperando un juicio, y que tiene incidencia directa en los niveles de hacinamiento en las cárceles que hoy alcanzan incluso el 52%.

Excepciones

Cuando se trate de procesos ante la justicia penal especializada (tortura, homicidio, concierto para delinquir, delitos contra la integridad sexual, terrorismo, genocidio, secuestro, desaparición forzada, etc.) o sean tres o más los acusados contra quienes estuviere vigente la detención preventiva, o se trate de una investigación o juicio de actos de corrupción, dicho término podrá prorrogarse, a solicitud del fiscal o del apoderado de la víctima, hasta por el mismo término inicial.

El uso adecuado de la detención busca una disminución de la población carcelaria, ya que, de acuerdo con el Ministro, si en las cárceles solo hubiera personas condenadas, Colombia no tendría problemas de hacinamiento y de hecho sobrarían cupos carcelarios.

Es así entonces como a partir del próximo año, el tiempo límite para el cese de la detención preventiva será de 364 días; dos años tiempo límite para los casos excepcionales.

En el sistema, la figura de detención preventiva procede ante tres casos:

1. Cuando el imputado representa un peligro para la sociedad o víctima

2. Cuando este constituya un riesgo para la integridad del proceso.

3. Cuando se prevea que evadirá la acción de la justicia.

Según expertos la reforma lo que pretende es llenar un vacío que se estaba presentando en el ordenamiento procesal penal, porque mientras la persona estaba sindicada o imputada, no había un plazo exacto de la detención preventiva, sobre todo cuando se llegaba a juicio.

“Es muy buena la nueva Ley porque le pone freno a la Fiscalía, pues no se puede detener para investigar, sino investigar para detener, y esto evitaría demandas contra el Estado”, señaló el abogado Fredy Plazas Mañozca.

Tipo de medidas

No privativas de la libertad

1 Sometimiento a un mecanismo de vigilancia electrónica

2 Sometimiento a la vigilancia de una institución o persona.

3 Presentación periódica ante el juez.

4 Observación de buena conducta individual, familiar o social.

5 Prohibición de salir del país o lugar de residencia.

6 Prohibición de comunicarse con determinadas personas o con la víctima.

7 Prohibición de concurrir en determinas reuniones.

8 Prestación de una caución real o adecuada.

9 Prohibición de salir de su habitación entre las 6:00 p. m. y 6:00 a. m.

Privativas de la libertad

1 Detención preventiva en establecimiento carcelario

2 Detención preventiva en la residencia.

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