Quedaron prohibidos los desalojos durante la emergencia.
Si paga arriendo, estas son las medidas adoptadas por la crisis del coronavirus
![Las medidas en materia de arrendamiento también aplican a las micro, pequeñas y medianas empresas. Archivo La Opinión](https://www2.laopinion.com.co/sites/default/files/styles/640x370/public/2020/04/04/imagen/arriendp.jpg)
Tras la emergencia sanitaria decretada por el coronavirus, el Gobierno Nacional emitió una serie de medidas para evitar los desalojos masivos de aquellas familias que viven en arriendo en el país, así como el de las micro, pequeñas y medianas empresas por incumplir con alguno de los cánones de arrendamiento.
Entre las excepciones dadas a conocer por el gobierno está la prohibición de desalojos durante la emergencia y durante los dos meses siguientes a la contingencia.
La medida obedece a que según las cifras oficiales, más de 5 millones de familias en Colombia viven en alquiler, de las cuales el 90% pertenece a los estratos 1, 2 y 3.
Dentro de las medidas también se estableció que se congelaron los cánones del arrendamiento, es decir, no se podrán hacer aumentos aun cuando así esté establecido en los contratos ya firmados.
No se cobrarán penalidades aunque se lleguen a acuerdos privados entre ambas partes, y las medidas son aplicables tanto a contratos escritos como a los acuerdos de palabra.
El Ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, a través de la página del ministerio, informó que se suspenden los intereses moratorios o las penalidades por incumplimiento (así los contratos las estipulen).
Es importante aclarar que en ningún momento se habla de no pago, en todos los casos el arrendatario deberá honrar sus obligaciones y, si es el caso, llegar a acuerdos con el arrendador.
Los contratos serán prorrogados hasta que termine la emergencia económica y en caso de presentarse algún inconveniente, el ministro pide dirigirse hacia la Personería de la ciudad.
El decreto también hará ajustes vinculados a la propiedad horizontal, entre ellos, que se habilite el uso del fondo de imprevistos de las copropiedades durante la emergencia, dando prioridad al mantenimiento de los contratos del personal.
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