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Miércoles, 5 Octubre 2016 - 1:14am

Senado aprueba Ley de Licores

El objetivo es aumentar “los impuestos para reducir el consumo y de darle más recursos a los departamentos”.

Colprensa
"Gana la industria nacional y gana la salud pública", expresó el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, al terminar la plenaria.
/ Foto: Colprensa
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La plenaria del Senado de la República aprobó la noche de este martes, con 51 votos a favor y uno en contra, la ponencia del Proyecto de Ley de Licores en su último debate, mediante el cual se regula lo concerniente al monopolio rentístico de los mismos.

El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aseguró al final de la plenaria que con la aprobación del Senado en su último debate ganan los departamentos, gana la industria nacional y gana la salud pública.

“Logramos el objetivo de incrementar los impuestos para reducir el consumo y de darle más recursos a los departamentos para la salud”, señaló.

Uno de los aspectos clave de esta ley es el relacionado a la nueva estructura impositiva de los licores, ya que la actual ponía en desventaja a los licores nacionales frente a los importados, dado que hoy se rigen por un solo gravamen específico, según el grado alcoholimétrico, de 297 pesos si es inferior a los 35 grados y de 487 pesos superior por botella de 750 centímetro cúbicos.

Ahora, con el nuevo esquema, se establece una combinación de un impuesto específico de 220 pesos por grado alcoholimétrico y un impuesto ad-valoren del 25 %, con lo cual se nivelan las cargas, pues los licores importados, que son más caros por ser de alta gama, pagarán proporcionalmente más de lo que venían pagando.

En lo aprobado quedó establecida una protección especial para el aguardiente producido en el país, de manera que los departamentos podrán restringir la entrada del mismo y podrán suspender hasta por seis años prorogables de permisos para su introducción. Para los vinos el impuesto específico quedó en 150 pesos por grado alcoholimétrico y un impuesto ad-valoren del 20 %.

Según las proyecciones de la Federación de Departamentos y ACIL, que agrupa a las fábricas de licores nacionales, los departamentos se verán beneficiados por este nuevo esquema, el cual le significará un incremento del recaudo de impuestos al consumo entre el 18 % y el 20 %.

“Ello es tanto más importante si tenemos en cuenta que esta constituye la principal fuente de sus ingresos propios, como que representa el 41,2 % de los mismos, que pasarían de 1,4 billones a 1,8 billones de pesos. Los departamentos percibirán un ingreso adicional por concepto de derechos de explotación, el cual será convenido contractualmente”, resaltó la Federación.

Adicionalmente, se establece un IVA del 5 %, descontable para la industria nacional que incurre en el mismo por cuenta de la fabricación de los envases, las tapas, etiquetas y demás, no así para los licores importados, lo que beneficiaría directamente a la producción nacional.

Entre los aspectos más controvertidos del proyecto estaba lo concerniente al ejercicio de dicho monopolio, el cual además de tener el carácter de utilidad pública e interés social y cobija no sólo a la producción de licores, sino su comercialización y distribución, quedó consignado que los departamentos contratarán la distribución a través de licitación pública, lo cual le dará mayor transparencia a su adjudicación.

Dentro de lo aprobado quedaron establecidas varias medidas tendiendentes a contrarrestar las actividades ilícitas, que hoy representan cerca del 24 %, de la cual la adulteración participa con 17 puntos porcentuales y el contrabando con los 7 adicionales.

- En ejercicio del monopolio, los departamentos ejercerán el control no sólo de los licores sino del alcohol potable que sirve de materia prima para su fabricación.

- El alcohol no potable que se produzca o se importe al país se desnaturalizará para evitar que el mismo termine en los alambiques como materia prima de la empresa criminal de la adulteración.

- Se dispondrá de bodegas, debidamente registradas y bajo la vigilancia de los departamentos, para el almacenamiento de los licores tanto importados como producidos en el país.

- Se establece la prohibición de la compra-venta de los envases vacíos y al desecharlos los productores e importadores se obligan a su destrucción.

- Los licores se catalogan como “producto sensible” que, al tenor del artículo 47 de la Ley anticontrabando 1762 de 2015 significa una mayor severidad en las penas y sanciones aplicables a los responsables de la comisión del delito de contrabando.

- El Ministerio de Hacienda tendrá un plazo de 6 meses para la implementación del Sistema Único Nacional de Información y Rastreo (SUNIR) para poder monitorear, hacerle seguimiento y registrar la trazabilidad de los licores que se comercialicen y distribuyan en todo el territorio nacional.

- Tanto los licores importados como los producidos en el país deberán ser objeto de marcación por parte de sus comercializadores y distribuidores, etiquetándolos con el nombre de la empresa responsable.

- En caso de la aprehensión y/o decomiso de licores de contrabando, quien lo comercialice se obliga a suministrar al Departamento que lo haga la información técnica y contable a efectos de establecer responsabilidades.

Colprensa

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