En el caso de Cúcuta, la ciudad sostiene una deuda de $250.000 millones, de la que ha logrado fondear $201.000 millones.
Pasivo pensional de Norte de Santander llega a $1,5 billones
Las últimas cifras oficiales a junio de 2016, emitidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, indican que la deuda del pasivo pensional llega a los $1,5 billones en Norte de Santander, de los que se han fondeado hasta el momento $1,2 billones. Es decir, la región ha logrado hacer frente al 80% de su pasivo pensional territorial.
Por su parte, Cúcuta sostiene una deuda de $250.000 millones, de la que ha logrado fondear $201.000 millones, aproximadamente, cubriendo el 80,1% del total de su pasivo pensional territorial, según informó Jaime Ávila, de la oficina de pensiones de la Gobernación.
“Este pasivo pensional territorial no es otra cosa que el conjunto de obligaciones o deudas correspondientes por las pensiones de jubilación a favor de personas pensionadas y activas que han laborado en los entes territoriales de la Gobernación (municipios, distritos y departamentos)”, explicó Enrique Chaverra, vicepresidente de la firma TG Consultores, especialistas en pensiones.
Hay que reseñar que el Gobierno central creó con la Ley 549 de 1999 el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet) con el objetivo de administrar los recursos necesarios para atender el pasivo pensional a cargo de las entidades territoriales y asegurar la pensión de las personas afectadas.
“Es un mecanismo de garantía” enfatizó Chaverra. Los recursos que se aprovisionan al Fonpet vienen tanto de las entidades territoriales como de la nación, quien es el principal aportarte, bajo la supervisión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y administrados por medio de patrimonios autónomos manejados por fiduciarias, aseguradoras y fondos de pensiones constituidos en los consorcios.
Lo especial del tema es que hasta el año 1995 eran estos entes de la Gobernación quienes se hacían responsables del pago total de las pensiones de los trabajadores públicos, pero a partir de ese año entró en vigencia la Ley 100 de 1993, quién regula que los empleados públicos debían pasar a cotizar en al nuevo sistema general de pensiones.
Es decir, al régimen de ahorro individual administrado por los fondos de pensiones privados o al Régimen de Prima Media con Prestación definida es administrado por Colpensiones.
“Este hecho supuso que ahora la pensión de estos dependa de dos entes: por un lado, los años cotizados antes de 1.995 serán asumidos por la Gobernación o municipios (bono pensional o cuota parte pensional) y los años cotizados después del año 1.995 por el régimen de pensión al que pertenecen”, aseguró Chaverra.
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