El Gobierno anunció que destinará 2 billones de pesos mensuales por tres meses en el estado de emergencia.
Guía para entender el subsidio a las nóminas
A finales de abril, la Asociación Nacional de Empresarios (Andi) había manifestado su preocupación por el pago de las nóminas, puesto que para entonces una encuesta reveló que si las empresas dedicaran sus recursos solamente para pagar salarios, les alcanzaría no más para 42 días. Para aliviar situaciones como esta en el sector formal, el Gobierno anunció que destinará 2 billones de pesos mensuales por tres meses en el estado de emergencia, es decir, un total de 6 billones de pesos.
El subsidio cubrirá el 40 % del valor de salario mínimo por trabajador, calcula el Gobierno que son al menos 350.000 pesos, si y solo si, se demuestra una caída de la facturación o ventas de 20 %.
El reporte de disminución no es sobre lo que usted proyectaba vender o facturar, sino en comparación con los datos de abril este año con el mismo mes del año pasado. Empezará a regir en mayo y beneficiará a 6 millones de personas.
No importa el tamaño de la empresa, y si su iniciativa tiene menos de un año de creada, el cambio en los ingresos se contabilizará sopesando el registro de abril con los de enero y febrero.
Para certificar el proceso será necesario que un contador o un revisor fiscal determine cuáles fueron las disminuciones en de ventas o facturación de las empresas para poder acceder a este beneficio, según aclaró el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, durante la presentación de la medida en la franja televisiva de ‘Prevención y Acción’.
Sobre la solicitud
Pese a que aún no se ha expedido el decreto por medio del que se regirá esta medida, lo que se conoce hasta el momento es que el primer paso para que las empresas sean beneficiarias de esta consiste en acercarse a los bancos con los que se maneja el pago de nómina para solicitar el subsidio y a través de la entidad financiera se hará el desembolso.
En este punto vale aclarar que “el sistema financiero no recibirá un porcentaje por su papel de intermediario para esta medida”, según sostuvo el Ministerio de Hacienda.
Para las empresas que no estén bancarizadas, pero sí están incluidas, los empleadores deberán ir al banco y después repartir el ingreso. Minhacienda sostuvo que la clave para ellas estará en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila) y el canal para el pago serán las compañías empleadoras. “Lo tendremos que hacer a través de la empresa, pero con la certificación de sus nóminas”, aclaró el presidente, Iván Duque.
La Pila ayudará a comprobar que el pago se está realizando y, en caso en el que los pagos no sean dirigidos a los trabajadores, se estará cometiendo el delito de ‘fraude a subvención’, tipificado en el Código Penal, de acuerdo con la aclaración de Minhacienda.
Las sanciones incluyen cárcel de 5 a 9 años, y multas entre 200 y 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir entre 175,56 millones de pesos y 877,8 millones de pesos, y la inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas 6 a 12 años.
El director del Departamento Nacional de Planeación, Luis Alberto Rodríguez, afirmó que “en el decreto que sacaremos daremos más detalles pero queremos que sea ágil, expedito y fácil de administrar”. Los dos documentos para todos los casos son la Pila, en la que se enlistarán a los empleados por los que se responde, y la carta que garantice la caída de los ingresos.
El presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), Jaime Alberto Cabal, celebró la decisión: “agradecemos la solicitud para que haya un subsidio a la nómina (...) creemos que es fundamental el reconocimiento del Ministro al señalar la importancia de hacer la segunda emergencia económica”.
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