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Miércoles, 11 Diciembre 2019 - 3:58am

Estos son los cálculos de la Ley de Crecimiento Económico

El Congreso de la República aprobó la semana pasada en primer debate, el proyecto de ley de la nueva reforma tributaria.

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Juan Manrique, asesor tributario del Observatorio Fiscal, dijo que en la presentación del proyecto de ley hecha por el Ministerio de Hacienda sumando las exenciones de impuestos para las empresas da un monto de $9 billones.
/ Foto: Archivo
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La nueva versión del proyecto de ley de reforma tributaria, mejor conocida como Ley de Crecimiento Económico, sigue sin reflejar el principio de progresividad tributaria de la Constitución Nacional y mantendrá los beneficios tributarios para la población de más altos ingresos del país, en detrimento de la población de clase media.

Esa fue la conclusión del Observatorio Fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana, quienes analizaron a detalle las nuevas propuestas del gobierno nacional para “satisfacer” las peticiones sociales que han pedido los colombianos en las calles desde el 21 de noviembre.

Juan Manrique, asesor tributario del Observatorio Fiscal, dijo que en la presentación del proyecto de ley hecha por el Ministerio de Hacienda sumando las exenciones de impuestos para las empresas da un monto de $9 billones.

“Hay otras exenciones que vienen en la ponencia, como la devolución del IVA a  los hogares de menores ingresos, eso no entra dentro de este estimado por lo que pueden ser hasta $10 billones por todo estos descuentos”, explicó Manrique.

Los expertos también destacaron que entre las estimaciones del Ministerio, el descuento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por importación de bienes de capital es el de mayor porcentaje, porque eso significa perder un recaudo de $6,5 billones en el primer año.

Manrique agregó que una de las observaciones que hizo el Observatorio a la Ley de Crecimiento Económico es que mientras que el gobierno necesita un mayor recaudo de impuestos para cumplir con todas sus demandas fiscales y sociales, se establecen unas exenciones de impuestos que más tarde tendrán que recuperarlas.

La reforma podría incluir la devolución del IVA a  los hogares de menores ingresos.

Las empresas recibirán incentivos tributarios por contratar jóvenes con menos de 28 años.

“Esto podría generar que tengan que plantear más adelante otro nuevo proyecto de reforma, una en donde se suba el recaudo vía IVA, o con las tarifas de impuesto de renta o aumentando la base gravable”, explicó el asesor tributario.

Para las empresas

*Con información del Observatorio Fiscal

Menor tarifa de renta para mega inversiones:

Un régimen tributario especial por 20 años para mega inversiones mayores a 30 millones de UVT ($1 billón) en cualquier actividad industrial, comercial o de servicios.

Este consiste en el pago de 27 % del impuesto de renta, las utilidades que se distribuyan no pagarán impuesto a los dividendos, al patrimonio, entre otros. Esto aplicará para empresas que generen al menos 250 empleos y cuya inversión se realice antes del 2024. Además, se pueden firmar contratos de estabilidad tributaria, para estas megas inversiones.

Exención de la renta para la Economía Naranja:

Los ingresos de las empresas de este sector serán exentos de renta por siete años, cumpliendo con que las sociedades se constituyan antes de 2022 y que hagan una inversión de 4.400 UVT ($150 millones). La empresa debe tener ingresos inferiores a 80.000 UVT ($2.740 millones).

Sin IVA por importación de bienes de capital:

De otro lado, se establece que las empresas podrán descontar de su impuesto de renta en valor del IVA pagado en la compra, formación, construcción o importación de activos fijos reales productivos.

Incentivo para las ZOMAC:

Se crea un nuevo incentivo de obras por impuestos, que implica inversión directa en la ejecución de proyectos en los diferentes municipios de las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado (ZOMAC).

Menor tarifa para los hoteles:

Para el sector hotelero se establece una tarifa de 9 %, por 20 años, para este tipo de edificaciones que se construyan dentro de los próximos 10 años, en municipios con población inferior a 200.000 habitantes.

Rebaja general en la renta:

Una reducción escalonada año por año de la tarifa del impuesto de renta de empresas, hasta llegar al 30 % en el 2022.

Venta de energía eléctrica de fuentes como energía eólica, biomasa o residuos agrícolas, solar, geotérmica o de los mares.

Vivienda de interés social, que ya tenía exenciones, pero se modifican algunas reglas para las mismas.

Aprovechamiento de nuevas plantaciones forestales (guadua, el caucho y el marañón), servicio de transporte fluvial con embarcaciones y planchones de bajo calado.

Inversión en el agro:

Los ingresos provenientes de inversiones que incrementen la productividad de este sector, por 10 años, siempre y cuando esa inversión supere 25.000 UVT (857 millones). La empresa debe tener ingresos inferiores a 80.000 UVT ($2.740 millones).

Régimen simple de tributación:

El régimen Simple de tributación busca unificar el pago del impuesto sobre la renta, impuesto nacional al consumo, sobre las ventas (IVA) e industria y comercio, para simplificar el cumplimiento en el pago de los impuestos e incentivar la formalización de las empresas.

Se aplica para empresas con ingresos inferiores a 80.000 UVT ($2.740 millones), que sean nacionales.

Otras medidas:

Eliminación del sistema de renta presuntiva. Nuevo régimen tributario para compañías holding, para atraer inversiones mediante incentivos como exenciones de renta sobre los dividendos que distribuyan empresas no residentes en Colombia a un holding que cumpla ciertas características.

Personas naturales

Nuevo cálculo de la renta:

Se crea una cédula general con los rubros que se venían reportando y que modifica la metodología del cálculo de la base gravable del impuesto.

También, se modifican las tarifas del cálculo del impuesto al momento de declarar, incluyendo tarifas más altas a rangos de ingresos superiores a 4.100 UVT ($140 millones), como de la retención en la fuente.

Cambios en las rentas exentas:

Se modifican algunos rubros como rentas exentas o ingresos no constitutivos de renta, tales como aportes voluntarios a fondos de pensiones obligatorias, cesantías pagadas por fondos de pensiones, indemnizaciones por seguros de vida, entre otros.

Impuesto al patrimonio:

Se establece el cobro de este tributo para 2020 y 2021 a las personas que posean patrimonios superiores a $5.000 millones, con la posibilidad de descontar las primeras 13.500 UVT correspondientes a la vivienda de residencia.

Propuestas nuevas:

Devolución del IVA:

La medida implicaría que se devuelvan $1,7 billones a la población más vulnerable, mientras que se mantienen los beneficios tributarios por cerca de $9 billones a las empresas, los cuales se concentran en los empresarios más grandes.

Para tener una idea de la magnitud de los recortes a las empresas, $9 billones son alrededor del doble del presupuesto de las universidades públicas del país.

Reducción aportes de seguridad social en salud para pensionados:

Se pretende que el aporte sea del 8 % del ingreso del pensionado en 2020 y 2021 y, a partir del 2022, del 4 %. La medida cobijaría a quienes reciben una pensión de un salario mínimo.

Según el Ministerio de Hacienda, cerca de 802.000 personas están pensionadas con una mesada igual o inferior a un salario mínimo legal vigente, el total ascendería a casi $1 billón al año.

Durante los tres primeros años la reducción para estas sería de: $335.000 millones en el 2020, de $350.000 millones en 2021 y $738.000 millones en el 2022. Es decir, al año habría un “alivio” en la carga tributaria de los pensionados de cerca de $740.000 millones.

Días sin IVA:

Cálculos del Observatorio Fiscal muestran que, en un escenario en el que los hogares modifican sustancialmente sus tiempos de compra, el impacto en recaudo estaría entre $660.000 millones y $1,3 billones.

Incentivos tributarios a empleo juvenil:

La medida consiste en una deducción del 120 % de los pagos que se realicen  por salario de los empleados que sean menores de 28 años, con la condición de que sea el primer empleo de la persona.

“Reducir los pagos por impuestos a la nómina es una medida cuya efectividad para reducir el desempleo y la informalidad en Colombia se ha demostrado, y el espíritu de esta propuesta está bien encaminado”, destacaron los expertos.

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