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Martes, 16 Enero 2018 - 2:43am

Entidades sin ánimo de lucro deben reportarse ante la Dian en enero

Estas instituciones tienen hasta el día 31 para actualizar el Registro Único Tributario (RUT).

Colprensa
Las entidades que no fueron incluidas en la base de datos de la Dian en 2017 deberán también actualizar el RUT antes del 30 de abril.
/ Foto: Colprensa
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recordó que las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) que hayan sido creadas entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 2017, deben actualizar el Registro Único Tributario (RUT) hasta el 31 de enero de este año.

Esta medida corresponde a las Esal que quieran pertenecer al Régimen Tributario Especial, por el año gravable 2017, de acuerdo con lo indicado por la Dian.

De igual forma, la administración tributaria dijo que “para continuar en el régimen durante el año gravable 2018, y obtener el beneficio fiscal en materia del Impuesto sobre la renta y complementario, deberán presentar y radicar la información necesaria”, antes del 30 de abril de 2018.

En el mismo sentido, las entidades que no fueron incluidas en la base de datos de la Dian en 2017, deberán también actualizar el RUT antes del 30 de abril, y deberán además radicar la información solicitada por la entidad antes de la misma fecha, para acogerse a este beneficio.

Cabe recordar que en la última semana de diciembre el Gobierno expidió el nuevo Régimen Tributario Especial, al cual deben acogerse tanto las fundaciones, organizaciones, corporaciones y entidades sin ánimo de lucro (Esal), que pertenecían al régimen anterior, como aquellas creadas entre el primero de enero y el 31 de diciembre del 2017.

El nuevo Régimen Tributario Especial es producto de la Reforma Tributaria de 2016, que estableció la obligación para estas organizaciones de reportar toda su información financiera a la Dian e impuso límites en la redistribución de recursos para evitar que las mismas sean utilizadas como figuras de evasión de impuestos.

El decreto también establece que, en el caso de las donaciones que reciban todas estas entidades, el descuento al impuesto a la renta del donador será máximo de 25% sobre el valor donado.

Colprensa

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