Con la reforma se pretende recaudar 6,5 billones durante su primer año de vigencia.
Comerciantes tienen plazo hasta febrero para aplicar IVA del 19%
Tras su largo y polémico tránsito en el Congreso de la República, el presidente Juan Manuel Santos sancionó la reforma tributaria.
La reforma quedó consignada como la Ley 1819 del 2016, y contempla entre los puntos álgidos un alza de la tarifa general del IVA del 16 % al 19 %, cárcel hasta de nueve años para contribuyentes que evadan impuestos a partir de 5000 millones de pesos y otros cambios estructurales.
El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, recordó que con la reforma se pretende recaudar 6,5 billones durante su primer año de vigencia. La idea es compensar en los próximos cuatro años lo que el Gobierno dejó de obtener por cuenta de la caída de los precios internacionales del petróleo, recursos que se cuantificaron en 23 billones de pesos.
Plazos de aplicación
Con la aprobación de la reforma tributaria, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, ha precisado que los cambios que han sido involucrados en la Ley 1819 al IVA (impuesto sobre las ventas), entrarán en vigencia a partir del primero de enero de 2017.
Sin embargo para que los dueños de los establecimientos, y personas de a pie puedan ir asimilando este nuevo impuesto de forma más tranquila, la Dian informó que podrán seguir vendiendo sus productos con la tarifa anteriormente establecida, que era el IVA de 16 % o 5 %, según correspondiera, sólo hasta que se agoten existencias o como plazo máximo hasta el 31 de enero de 2017. Pero se aclara que desde el primero de febrero del 2017 todos los bienes deben tener ya la nueva tarifa incorporada.
Este cambio gradual, según información de la Dian, sólo aplicará para los establecimientos que tengan bienes y/o servicios exhibidos en los mostradores con venta al público o con el precio marcado directamente en el producto. Como se estipuló en la reforma, desde el primero de enero bajarán las tarifas de bienes establecidos como productos de cuidado femenino, bicicletas con un valor menor a 50 UVT y los vehículos eléctricos.
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