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Sábado, 1 Febrero 2020 - 3:32am

Jairo Yáñez suma aliados en defensa de su elección

Abogado Martín Santos pidió ser coadyuvante del alcalde.

Archivo La Opinión
A la fecha, el alcalde de Cúcuta, Jairo Yáñez, suma ya cinco demandas de nulidad electoral, por presuntas inhabilidades. Sin embargo, el abogado Martín Santos busca desvirtuar dichas acciones y por eso pidió coadyuvar en la defensa del mandatario.
/ Foto: Archivo La Opinión
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En diciembre, sin haberse posesionado aún en su cargo como alcalde de Cúcuta, Jairo Tomás Yáñez Rodríguez afrontaba ya cinco demandas de nulidad electoral, las cuales hacen trámite hoy en el Tribunal Administrativo de Norte de Santander.
 
Presunta doble militancia, ante su fugaz paso por el Centro Democrático, y otras aparentes inhabilidades son el sustento con el que los demandantes buscan apartarlo del cargo de manera anticipada.
 
No obstante, esta semana, el abogado Martín Santos decidió solicitar su vinculación como “coadyuvante” del demandado gobernante, al considerar que no existen méritos para que ninguna de las acciones judiciales en contra de Yáñez prospere.
 
En los escritos dirigidos a cada uno de los magistrados que tienen a cargo las demandas, Santos ataca uno a uno los argumentos que esgrimen tanto Allison Juliana Márquez Cataño como Jaime Alonso Vásquez Giraldo, los ciudadanos que piden se anule la elección del alcalde de Cúcuta.
 
Los argumentos de Santos
 
Frente a la demanda instaurada por Vásquez Giraldo, quien alega que Jairo Yáñez no podía inscribirse para las elecciones del 27 de octubre, porque estaba incurso en doble militancia, pues fungió primero como precandidato del uribismo antes de recibir el aval de la Alianza Verde, el abogado Martín Santos considera que el demandante no aporta pruebas que soporten la veracidad de su señalamiento.
 
“El ingeniero Jairo Tomás Yáñez Rodríguez al no haberse inscrito para participar en la consulta (léase encuesta) realizada por el partido político Centro Democrático, para elegir su candidato a la Alcaldía de Cúcuta para el periodo 2020-2023, no incurrió en la causal de doble militancia, toda vez que no se puede decir que haya  participado en la misma”, consideró el coadyuvante.
 
Santos también alega que no es cierto que la Corte Constitucional haya señalado que los procesos internos que llevan a cabo los partidos para escoger a sus candidatos tienen fuerza vinculante desde el momento que se hace la convocatoria.
 
Con relación a las cuatro demandas interpuestas por Allison Márquez, este es el debate jurídico que hace Martín Santos:
 
-La demandante dice que Jairo Yáñez estaba inhabilitado para postularse como candidato, puesto que celebró un convenio de cooperación con la Cámara de Comercio, dentro del año anterior a su elección.
 
El coadyuvante asegura que la Cámara de Comercio no es una entidad pública del nivel municipal y que el convenio suscrito por Yáñez en su condición de representante legal de Induarcilla no lo inhabilita, por cuanto la ley lo que prohíbe es la gestión de negocios o celebración de contratos, con entidades públicas del municipio.
 
-La demandante asegura que el alcalde no podía presentarse a las pasadas elecciones, ya que fue excluido de su profesión como comerciante, en razón a una sanción que le impuso la Superintendencia de Sociedades.
 
Al respecto, Martín Santos señala que la Supersociedades no excluyó del ejercicio de la profesión como comerciante a Yáñez, sino que lo que ordenó es que la que fuera su empresa, Cerámica Andina, no continuara adelantando operaciones en desarrollo de su actividad comercial. “Al no haber sido declarado inhábil para ejercer la profesión de comerciante, es claro que el ingeniero Jairo Yáñez no se encontraba incurso en la causal de inhabilidad”, sustentó el abogado.
 
-La demandante argumenta que el mandatario estaba inhabilitado por haber participado en las mesas de trabajo, revisión y ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) del municipio, como presidente de Induarcilla, “con interés económico propio de terceros”.
 
Sobre esta demanda, el abogado que busca ayudar en la defensa del alcalde dijo que en este caso tampoco hay méritos para anular la elección de Yáñez, “por cuanto el ejercicio del derecho de participación ciudadana en la formulación, discusión y ejecución del POT no tiene entidad de materializar las taxativas reglas de la inhabilidad aludida por la accionante”.
 
-Allison Márquez, al igual que Jaime Vásquez, también insiste en que Jairo Yáñez incurrió en doble militancia, frente a lo cual Santos mantuvo la misma tesis que usó en la impugnación del otro demandante.

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