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Martes, 7 Abril 2020 - 8:30am

Esta es la nueva arma de la alcaldía para contener la COVID-19

Quienes incumplan esta norma les será impuesto un comparendo.

La Opinión
Las aglomeraciones de gente a las afueras de los bancos o sumermercados es lo que se pretende controlar con la nueva medida de pico y cédula que implementó desde ayer la alcaldía.
/ Foto: La Opinión
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Por: Camila Flórez/ practicante de periodismo

A la medida de aislamiento obligatorio vigente desde el 24 de marzo de este año para la prevención del contagio masivo de la COVID-19, se sumó el denominado pico y cédula para compras en toda la ciudad.

Esta restricción anunciada por la Alcaldía de Cúcuta está rigiendo desde el lunes 6 de abril y tendrá validez hasta que cese el aislamiento preventivo decretado por la Presidencia de la República.

La nueva norma va dirigida a la realización de la siguientes actividades: compras en supermercados, tiendas o estableciemientos que se dediquen a la venta de víveres y  la utilización de servicios bancarios.

A estas se suman, el cobros de auxilios, subsidios y similares en bancos, centros de acopio y pago, el recibo y envío de giros y mercancías en establecimientos legalmente autorizados para tal efecto, además de los pagos en centros de telefonía celular.

Según el decreto 117 de la administración municipal, las diligencias mencionadas anteriormente las podrá hacer una sola persona por familia y dependiendo del último número de la cédula de ciudadanía.

Es decir, los lunes podrán hacerlas los titulares de las cédulas terminadas en 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8 y los viernes 9 y 0.

Los sábados y domingos habrá restricción para todos los habitantes de la ciudad, y se podrán adquirir estos servicios a través de domiciliarios. 

Excepciones

La única excepción que contempló la administración municipal en este decreto es para los padres de familia o acudientes de los estudiantes de las instituciones educativas que deban recibir el complemento alimentario para consumir en casa del Programa de Alimentación Escolar, PAE.

Sin embargo, en materia de movilidad, como lo es desplazarse a su sitio de trabajo, se mantienen vigentes las excepciones consagradas en el Decreto Presidencial 457 del 22 de marzo del 2020.

Sanciones

Francisco Cuadros, secretario de Gobierno del municipio, precisó que quienes incumplan esta norma les será impuesto un comparendo como lo indica el código de policia que puede oscilar entre los 400 y 900 mil pesos de multa.

Por otra parte, habrán sanciones para los establecimientos que no exijan el cumplimiento del pico y cedula, que pueden conllevar hasta el cierre de los mismos. 

“Todos los ciudadanos estamos obligados a cumplir los parametros etablecidos en el decreto para cumplir el aislamiento social obligatorio y garantizar un poco flujo de personas”, indicó el Secretario.

Las autoridades policiales y militares y de gobiernos están en la obligación de realizar operativos de rigor en todos el municipio y aplicarán medidas correctivas de su competencia. 

Pico y placa

El pico y placa para vehículos tanto particulares como de servicio público sigue en vigencia hasta que se termine el periodo de aislamiento, con las mismas excepciones, bajo la resolución 084 que lo denomina placa día 24 horas.

Esta resuelve que los vehículos cuya placa termine en número par (0,2,4,6,8)  no se podrán movilizar en los días del mes que sean de número par, y los números de placa impar  (1,3,5,7,9) no se podrán movilizar en los fechas del mes que sean de número impar.

La Opinión

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