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Viernes, 8 Junio 2018 - 6:55pm

Continúa la contaminación por ruido excesivo en el centro de Cúcuta

Megáfonos, equipos de sonido, pitos de carros e inclusive los gritos, exasperan al ciudadano que transita por el sector.

La Opinión
Existe la resolución 627 del 2006 la cual establece los estándares permitidos del ruido ambiental.
/ Foto: La Opinión
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Los megáfonos de las carretas que venden aguacate, guanábana, coco, cebolla, papa, entre otros productos, provocan el bullicio constante en la zona céntrica y sus alrededores. 

Además se suman los pitos de los carros y los diferentes locales formales que utilizan equipos de sonido para atraer compradores. 

Lo que llama la atención es que pese a la presencia de autoridades, en sectores como el parque Lineal o la avenida sexta, las carretas se pasean haciendo perifoneo y agravando el problema de contaminación auditiva que allí se presenta. 

"Todos los días es lo mismo, por más de que esté la policía ellos siguen haciendo ruido, es como si no existiera la autoridad para este problema", dijo la administradora de un local de zapatos, "desde las 10:00 am tengo que aguantarme la bulla de las carretas, y aparte los pitos de las busetas, porque las calles son intransitables". 

Durante varios años se han planteado proyectos para erradicar el problema, se han realizado diferentes operativos en varias zonas de la ciudad, pero todo ha fallado. Incluso el panorama parecía mejorar con el nuevo Código de Policía y Convivencia, donde se le permite a la policía decomisar los elementos de perifoneo y sancionar hasta por 367 mil pesos a las personas que promulguen el ruido, sin embargo, no ha sido así. 

La contaminación auditiva continúa y hasta el momento no hay controles que permitan erradicar el problema.  

El ruido permitido

Según Fredy Valera, técnico de Control y Vigilancia ambiental de Corponor, existe la Resolución 627 del 2006 del Ministerio de ambiente, en la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y  ruido ambiental.

La resolución establece los valores permitidos considerados de acuerdo a las zonas o sectores.

En los lugares comerciales se permiten 70 decibeles ponderados, si es diurno (7:00 am. - 8:59 pm.) y 60 decibeles ponderados cuando es nocturno (9:00 pm. - 6:59 am.).

En cuanto a las zonas residenciales en diurno se permiten 65 decibeles ponderados, y en nocturno 55. 

"Cuando se habla de contaminación auditiva, se refiere al ruido ambiental que genera un establecimiento comercial  hacia la calle", aseguró Valera. 

Al recibir notificaciones que sobrepasan los límites permitidos, Coponor se encarga de hacer el acompañamiento a la policía para verificar el paso del estándar.

"Nosotros hacemos la medición a 1.20 de distancia de la última parte del establecimiento hacia la calle, utilizamos el sonómetro y damos el resultado a las autoridades para que ellos tomen medidas preventivas o planteen alguna solución", agregó. 

La Opinión

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